SOCIEDAD MEDICA Y ODONTOLOGICA CARCAMO SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2025
- Repertorio
- 2543
- Notario
- FRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Ley aplicable
- ley Nº 18.046
Administración
Al momento de la celebración de la presente junta, tal y como consta en el registro de accionistas correspondiente se establece que don Kurt Carcamo Clunes figura como el accionista único vigente. En consecuencia, todas las facultades de representación de la sociedad y administración, establecidas en la constituciones y posteriores modificaciones recaen en su persona. C) En atención a las variantes de Mercado y otras consideraciones legales y comerciales, se adopta el acuerdo de modificar la razón social, estableciéndola de la siguiente forma: “SOCIEDAD MEDICA KURT CARCAMO SPA”. Sexto: Firma del acta. Se acuerda que la Junta fuera firmada por todos los presentes y por el secretario que acompaña en esta oportunidad. séptimo:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público Viña del Mar, Arlegui 333, Local 111.Certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 07 de Octubre de 2025, ante mí , don Don Kurt Cárcamo Clunes chileno, casado, médico cirujano cedula de identidad número siete millones cuatrocientos veintisiete mil doscientos ochenta y cuatro guion tres, mayor de edad, domiciliado para estos efectos en calle catorce norte número quinientos setenta y uno oficina cuatrocientos trece Viña del Mar. El únicos y actual accionista de la sociedad “SOCIEDAD MEDICA Y ODONTOLOGICA CARCAMO SpA”, Rut 77.518.370-5, inscrita a fojas numero 101 número 78 del año 2020 y saneada en inscripción fojas 1424 número 1046 del año 2024 ambos registros correspondientes del registro de comercio de la ciudad de Viña del mar. Se celebro “junta extraordinaria de accionistas” de la sociedad anteriormente individualizada en fecha 07 de octubre de 2025 a las 12:00 horas. Primero: Se cuenta con la presencia del señor notario don Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez con oficio en calle Arlegui Nº 333, Local 11 y el único accionista de la sociedad don Kurt Cárcamo Clunes, quien posee un total de 100 acciones suscritas y pagadas equivalentes al total de acciones de la sociedad; Capital social de 2.000.000 de pesos. Segundo: La junta califico los poderes y acordó por unanimidad dejar constancia que se encuentran ajustados a derecho. Tercero: Presidio la junta don Kurt Cárcamo Clunes y actuó como secretario don Nicolás Marcelo Silva Stanton. Cuarto: se establece que se cumple con los requisitos de la ley Nº 18.046 respecto a la presencia de notario público. Quinto: Tabla. A) resciliación junta extraordinaria de accionistas. El directorio ha manifestado expresamente la voluntad de dejar sin efecto la Junta de accionistas celebrada con fecha 01 de agosto de 2024, cuya acta fue reducida a escritura pública repertorio Nº 2543 de la Notaria de don Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez. Reestableciendo de esta forma la razón social y la administración de la sociedad. B) Administración. Al momento de la celebración de la presente junta, tal y como consta en el registro de accionistas correspondiente se establece que don Kurt Carcamo Clunes figura como el accionista único vigente. En consecuencia, todas las facultades de representación de la sociedad y administración, establecidas en la constituciones y posteriores modificaciones recaen en su persona. C) En atención a las variantes de Mercado y otras consideraciones legales y comerciales, se adopta el acuerdo de modificar la razón social, estableciéndola de la siguiente forma: “SOCIEDAD MEDICA KURT CARCAMO SPA”. Sexto: Firma del acta. Se acuerda que la Junta fuera firmada por todos los presentes y por el secretario que acompaña en esta oportunidad. séptimo: Se faculta a don Christian Fernando Silva Stanton y a don Nicolás Marcelo Silva Stanton para que de forma conjunta o separada confeccionen y suscriban todo tipo de escrituras públicas o privadas que sean necesarios por el conservador de bienes raíces de viña del mar para la correcta tramitación e inscripción de este. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 29 de octubre de 2025.-