MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Legales Ovalle y Ovalle Limitada

RUT 77601310-2 CVE 2726374
Fecha instrumento
3 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de noviembre de 2025
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Notario Titular de la Trigésimo Séptima Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1.117, oficina 1.014, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de noviembre de 2025, bajo el repertorio número 3748-2025, ante mí, comparecieron: Uno) don PABLO MATÍAS OVALLE ANDRADE; Dos) don JOSÉ DOMINGO OVALLE OLAVE; y Tres) don JAVIER EMILIO OVALLE ANDRADE; todos domiciliados para estos efectos en Cerro el Plomo 5.420, oficina 903, comuna de Las Condes; quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “LEGALES OVALLE Y OVALLE LIMITADA”, en adelante “la Sociedad”, inscrita a fojas 49.427, número 22.020 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, en el siguiente sentido: (1) Cesión de Derechos e Ingreso de Socios. Uno/ Don Pablo Matías Ovalle Andrade, con expresa autorización de los demás socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere el 19% de los derechos sociales en la Sociedad a don José Domingo Ovalle Olave, quien recibe para sí los respectivos derechos sociales; y Dos/ Don Javier Emilio Ovalle Andrade, con expresa autorización de los demás socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales en la Sociedad a don José Domingo Ovalle Olave, quien adquiere para sí los respectivos derechos sociales. Como consecuencia de las cesiones de derechos sociales previamente señaladas, y con el consentimiento de los restantes socios, don José Domingo Ovalle Olave, se incorpora como socio a la Sociedad, declarando conocer y aceptar para todos los efectos legales los estatutos de la misma. (2) Retiro de Socios y Finiquito. En razón de las cesiones de derechos acordadas, don Javier Emilio Ovalle Andrade se retira de la Sociedad, renunciando a todas las acciones resolutorias que puedan emanar de ello, otorgando el más amplio, completo y total finiquito a la cesionaria, a los demás socios y a la Sociedad, declarando que estos nada les adeudan por ningún concepto. (3) Modificación estatutos. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron modificar la cláusula QUINTA de los estatutos sociales y reemplazarla por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: Uno) don Pablo Matías Ovalle Andrade, ha aportado en dinero efectivo la suma de $800.000, la cual ha sido enterada a la caja social con anterioridad a este acto, correspondiente al 80% de los derechos sociales; y Dos) don José Domingo Ovalle Olave, ha aportado en dinero efectivo la suma de $200.000, la cual ha sido enterada a la caja social con anterioridad a este acto, correspondiente al 20% de los derechos sociales.” En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda expresa y determinadamente limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 de noviembre de 2025.