COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES INTI RAYMI SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 757-2025
- Notario
- MARIO ALFONSO BARRÍA GALLEGOS
- Oficio
- Tercera Notaría de Casablanca con asiento en El Quisco
- Comuna
- Casablanca con asiento en El Quisco
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO ALFONSO BARRÍA GALLEGOS, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Casablanca con asiento en El Quisco, con oficio en avenida Isidoro Dubournais número doscientos noventa y cuatro, local A, comuna de El Quisco, certifica: Por escritura fecha 06 de Noviembre del año 2025, Repertorio N°757-2025, compareció ante mí, don Pedro Javier Troncoso Garcés y Valentina Andrea Troncoso Piña, ceden y modifican “COMERCIALIZADORA Y TRANSPORTES INTI RAYMI SpA”, RUT N° 76.321.196-7 constituida por escritura pública de 2 de septiembre de 2013, ante la Notario Público de Santiago, María Gloria Acharán Toledo, inscrita a fojas 69.953 N° 46.117, Registro de Comercio CBR de Santiago, año 2013 y se publicó D.O. el 07/09/ 2013; modificada por escritura de fecha 31 de julio de 2020, ante Notario de Santiago Álvaro González Salinas, inscrito extracto a fojas 46.643 N° 22.224, Registro de Comercio CBR de Santiago, año 2020, y publicado en D.O. de fecha 07/08/2020; y modificada por escritura de fecha 5 de abril de 2024, ante Notario de Santiago María Patricia Donoso Gomien, extracto inscrito a fojas 29.325 N° 12.445, Registro de Comercio CBR de Santiago, año 2024, y publicado en D.O. de fecha 11/04/2024. Modificaciones consisten: UNO) Doña Valentina Andrea Troncoso Piña, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalente al 100% del interés social total a don Pedro Javier Troncoso Garcés, quien los compra, adquiere y acepta para sí, en la suma de $2.500.000.- monto que se paga en este acto, otorgándose los comparecientes el más amplio, completo y total finiquito; DOS) Por este acto, don Pedro Javier Troncoso Garcés, queda como dueño del 100% de las acciones, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos dos mil cincuenta y tres y siguientes del Código Civil y las normas pertinentes del Código de Comercio, por el presente instrumento, viene en modificar la siguiente cláusula del pacto social en los siguientes términos: a) TÍTULO TERCERO. UNDÉCIMO. La administración y el uso del nombre de la Sociedad por Acciones, le corresponderá a don PEDRO JAVIER TRONCOSO GARCÉS, quien la representará en forma individual. Incluyendo todas las facultades que señala la cláusula undécima de los estatutos sociales, por lo que gozará de todas las facultades de representación, administración y disposición que la ley y estos estatutos no establezcan como privativas de los accionistas o de las Juntas Generales de Accionistas, sin limitación de ninguna especie incluso con la facultad de autocontratar.- El capital social se mantiene en la suma de $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada.- El Quisco, 07 de noviembre de 2025.