SOCIEDAD DE PROFESIONALES 3B ARQUITECTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2025
- Repertorio
- 8457/2025
- Notario
- OSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ
- Domicilio
- Reemplazante de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el diseño, elaboración, proposición, ejecución y dirección de proyectos de arquitectura y urbanismo para el desarrollo de viviendas, locales, industrias, loteos, condominios, fusiones y subdivisiones, elaboración de planes maestros, informes, inspección técnica de obras, pudiendo además prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas a todo tipo de negocios o empresas, así como a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; a través de sus socios, asociados y)o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ANDRÉS BESOMI TERRAZAS, a doña MAGDALENA BESOMI TERRAZAS, y a don CLAUDIO ANDRÉS BALADRÓN ZANETTI, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ, Abogado, Notario Público Reemplazante de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2025, repertorio N°8.457/2025, ante la notario titular, don ANDRÉS BESOMI TERRAZAS, con domicilio para estos efectos en calle Lota número 2.763, departamento 103, comuna de Providencia, Región Metropolitana, doña MAGDALENA BESOMI TERRAZAS, y don CLAUDIO ANDRÉS BALADRÓN ZANETTI ambos con domicilio para estos efectos en calle Los Jacintos número 2.985, comuna de Providencia, Región Metropolitana; acordaron la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE PROFESIONALES 3B ARQUITECTOS LIMITADA. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE PROFESIONALES 3B ARQUITECTOS LIMITADA. OBJETO: El objeto de la sociedad será el diseño, elaboración, proposición, ejecución y dirección de proyectos de arquitectura y urbanismo para el desarrollo de viviendas, locales, industrias, loteos, condominios, fusiones y subdivisiones, elaboración de planes maestros, informes, inspección técnica de obras, pudiendo además prestar asesorías y servicios en todas las áreas anteriormente indicadas a todo tipo de negocios o empresas, así como a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; a través de sus socios, asociados y/o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ANDRÉS BESOMI TERRAZAS, a doña MAGDALENA BESOMI TERRAZAS, y a don CLAUDIO ANDRÉS BALADRÓN ZANETTI, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios pagan y aportan de la siguiente forma: a) don ANDRÉS BESOMI TERRAZAS, aporta en este acto la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde el 17 de octubre del año 2025; b) doña MAGDALENA BESOMI TERRAZAS, aporta en este acto la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde el 17 de octubre del año 2025; y c) don CLAUDIO ANDRÉS BALADRÓN ZANETTI, aporta en este acto la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde el 17 de octubre del año 2025. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de noviembre de 2025.