SERVICIOS AGRICOLAS M. SUSANA GONZÁLEZ GALDAMES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2010
- Repertorio
- 4940
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios agrícolas integrales que incluyen, pero solo a modo referencial, la fumigación agrícola, el diseño e instalación de riego tecnificado, la compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de maquinaria, insumos y productos relacionados con la agricultura, materiales de riego tecnificado; la realización de asesorías técnicas en materias agrícolas, y cualesquiera otros negocios o inversiones que la accionista o la administración, en su caso, acuerden, ya sean civiles o comerciales, relacionados o no con los giros mencionados, incluyendo la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos sociales o valores mobiliarios
Administración
La sociedad será administrada por un gerente general o administradora. Conforme lo establecido en los artículos transitorios la administración de la sociedad, la representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a doña María Susana González Galdames, para cuyos efectos se entenderá premunida de todas y cada una de las facultades expresadas en los estatutos. Para la plena validez de los actos ejecutados por la administradora, no será necesario de modo alguno que se haya efectuado la primera Junta Ordinaria de Accionistas de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Notario Curicó, con oficio en Estado doscientos ochenta, de esta ciudad, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 4.940, MARÍA SUSANA GONZÁLEZ GALDAMES, ingeniero civil agrícola, domiciliada en Avenida Ramón Freire número 3.900, comuna de Romeral, transforma SERVICIOS AGRICOLAS M. SUSANA GONZÁLEZ GALDAMES E.I.R.L., que fuera constituida por escritura pública de fecha seis de octubre del año dos mil diez, ante el Notario Público Titular de Curicó, Rodrigo Domínguez Jara, Repertorio Nº2.366/2010, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el 16 de octubre de 2010 y se inscribió en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, a fojas 877 N° 594 correspondiente al año 2010. La compareciente modifica la sociedad señalada, transformándola en Sociedad por Acciones, la que se regirá por las estipulaciones que siguen: Nombre: “AGRO TOTAL SERVICIOS SpA”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía el de “AGRO TOTAL SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios agrícolas integrales que incluyen, pero solo a modo referencial, la fumigación agrícola, el diseño e instalación de riego tecnificado, la compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de maquinaria, insumos y productos relacionados con la agricultura, materiales de riego tecnificado; la realización de asesorías técnicas en materias agrícolas, y cualesquiera otros negocios o inversiones que la accionista o la administración, en su caso, acuerden, ya sean civiles o comerciales, relacionados o no con los giros mencionados, incluyendo la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos sociales o valores mobiliarios. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Curicó, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Capital: El capital de la sociedad es de $3.000.000 el cual corresponde íntegramente al patrimonio del que era dueña Servicios Agrícolas M. Susana González Galdames Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o Agro Total Servicios E.I.R.L., a la fecha de la transformación. Este capital se encuentra totalmente enterado en caja social. El capital se divide en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, totalmente emitidas y pagadas, las cuales se asignan en su totalidad a la titular doña María Susana González Galdames. Cada acción dará derecho a un voto. Límite de responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables del pago de sus acciones a la sociedad. Administración: La sociedad será administrada por un gerente general o administradora. Conforme lo establecido en los artículos transitorios la administración de la sociedad, la representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá a doña María Susana González Galdames, para cuyos efectos se entenderá premunida de todas y cada una de las facultades expresadas en los estatutos. Para la plena validez de los actos ejecutados por la administradora, no será necesario de modo alguno que se haya efectuado la primera Junta Ordinaria de Accionistas de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Curicó, 23 de octubre de 2025.