CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GEA CONSCIENTE SpA

CVE 2725713
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2025
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y comerciales en las áreas de la salud mental y el desarrollo personal, comprendiendo, de manera no taxativa, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de psicología clínica, psicoterapia, evaluaciones y consejería, en modalidad presencial, a domicilio o a través de medios telemáticos. b) El diseño, organización, producción, impartición y comercialización de actividades de formación, tales como cursos, talleres, seminarios y charlas, tanto presenciales como en línea. c) La creación, edición, publicación, distribución y comercialización de contenido educativo, terapéutico o de desarrollo personal en cualquier formato o soporte, incluyendo libros, material audiovisual y productos digitales. d) La prestación de servicios de consultoría y asesoría a personas, empresas e instituciones en materias afines a su giro, incluyendo la organización de eventos y la contratación de expositores externos. Para la consecución de estos fines, la sociedad podrá crear, desarrollar, administrar y explotar plataformas digitales, aplicaciones móviles y sitios web. En general, podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos, sean civiles o comerciales, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social descrito;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, Titular de la Segunda Notaria de Santiago, con Oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, certifica que: por escritura pública otorgada con fecha 6 de noviembre de 2025, Repertorio: 100.285-2025, ante mí, ANTONIA BRITO ROJAS, en representación de ARTHA INVERSIONES SpA, ambas domiciliadas para estos efectos en Apoquindo 6410 oficina 605, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituye la sociedad por acciones denominada “GEA CONSCIENTE SpA” cuyo estatuto se extracta a continuación: Accionistas: ARTHA INVERSIONES SpA; Nombre: GEA CONSCIENTE SpA; Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; Duración: Indefinida; Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y comerciales en las áreas de la salud mental y el desarrollo personal, comprendiendo, de manera no taxativa, las siguientes actividades: a) La prestación de servicios de psicología clínica, psicoterapia, evaluaciones y consejería, en modalidad presencial, a domicilio o a través de medios telemáticos. b) El diseño, organización, producción, impartición y comercialización de actividades de formación, tales como cursos, talleres, seminarios y charlas, tanto presenciales como en línea. c) La creación, edición, publicación, distribución y comercialización de contenido educativo, terapéutico o de desarrollo personal en cualquier formato o soporte, incluyendo libros, material audiovisual y productos digitales. d) La prestación de servicios de consultoría y asesoría a personas, empresas e instituciones en materias afines a su giro, incluyendo la organización de eventos y la contratación de expositores externos. Para la consecución de estos fines, la sociedad podrá crear, desarrollar, administrar y explotar plataformas digitales, aplicaciones móviles y sitios web. En general, podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos, sean civiles o comerciales, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social descrito; Capital: El capital asciende a la suma de $500.000 dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de Noviembre de 2025.