CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Médicos Juan Pablo Albornoz Cruz Limitada

CVE 2724930
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Repertorio
9633-2025
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la comuna de Las Condes en la ciudad de Santiago
Duración
tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables en forma automática por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente

Objeto social

Uno/ La explotación, administración, asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, servicios de bienestar; Dos/ La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles; y Tres/ Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, quienes podrán actuar en forma conjunta o individual y que cualquiera de ellos al anteponer su firma al nombre o razón social, obligarán y representarán a la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos comprendidos directa o indirectamente dentro del objeto y giro de los negocios sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en El Golf N°99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 30 de octubre de 2025, repertorio N°9633-2025, ante mí, Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Flores N°12.435, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “Servicios Médicos Juan Pablo Albornoz Cruz Limitada”. Objeto: Uno/ La explotación, administración, asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, servicios de bienestar; Dos/ La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles; y Tres/ Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. Domicilio: la comuna de Las Condes en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en el resto del país. Duración: tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables en forma automática por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Capital: $1.000.000, íntegramente pagado y que los socios aportaron y enteraron de la siguiente manera: A) Juan Pablo Albornoz Cruz aporta la cantidad de $990.000, que equivalen al 99% del haber social, al contado en dinero efectivo a la caja social; y B) Javiera Gutiérrez Perlwitz aporta la cantidad de $10.000, que equivalen al 1% del haber social, al contado en dinero efectivo a la caja social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, quienes podrán actuar en forma conjunta o individual y que cualquiera de ellos al anteponer su firma al nombre o razón social, obligarán y representarán a la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos comprendidos directa o indirectamente dentro del objeto y giro de los negocios sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 04 de noviembre de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.