Servicios Médicos Juan Pablo Albornoz Cruz Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2025
- Repertorio
- 9633-2025
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Las Condes en la ciudad de Santiago
- Duración
- tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables en forma automática por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Objeto social
Uno/ La explotación, administración, asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, servicios de bienestar; Dos/ La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles; y Tres/ Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, quienes podrán actuar en forma conjunta o individual y que cualquiera de ellos al anteponer su firma al nombre o razón social, obligarán y representarán a la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos comprendidos directa o indirectamente dentro del objeto y giro de los negocios sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en El Golf N°99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 30 de octubre de 2025, repertorio N°9633-2025, ante mí, Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Flores N°12.435, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “Servicios Médicos Juan Pablo Albornoz Cruz Limitada”. Objeto: Uno/ La explotación, administración, asesoría, consultoría, enseñanza, capacitación, gestión de prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, servicios de bienestar; Dos/ La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles; y Tres/ Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. Domicilio: la comuna de Las Condes en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en el resto del país. Duración: tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables en forma automática por periodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Capital: $1.000.000, íntegramente pagado y que los socios aportaron y enteraron de la siguiente manera: A) Juan Pablo Albornoz Cruz aporta la cantidad de $990.000, que equivalen al 99% del haber social, al contado en dinero efectivo a la caja social; y B) Javiera Gutiérrez Perlwitz aporta la cantidad de $10.000, que equivalen al 1% del haber social, al contado en dinero efectivo a la caja social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a Juan Pablo Albornoz Cruz y Javiera Gutiérrez Perlwitz, quienes podrán actuar en forma conjunta o individual y que cualquiera de ellos al anteponer su firma al nombre o razón social, obligarán y representarán a la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos comprendidos directa o indirectamente dentro del objeto y giro de los negocios sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 04 de noviembre de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.