MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DON LUIS LIMITADA

RUT 96673180-K CVE 2724841
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2025
Notario
notario suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Raúl Gustavo Castillo Fernández, abogado, notario suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte 555, oficina 201, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025, Rep. 28821-25, otorgada ante Notario Público Titular de esta notaría, comparecieron: MARÍA GRACIELA MURILLO MELO, LUIS JORGE FERNÁNDEZ MURILLO, MARÍA GRACIELA FERNÁNDEZ MURILLO, y MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ MURILLO, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo número cinco mil ochocientos cincuenta y cinco, oficina mil cuatrocientos siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios, modificaron el estatuto vigente de la sociedad INMOBILIARIA DON LUIS LIMITADA de la siguiente manera: A) Doña MARÍA GRACIELA MURILLO MELO efectuó donaciones a las siguientes personas y en la siguientes proporciones sobre los derechos sociales que poseia en la compañía antes mencionada: (i) A don LUIS JORGE FERNÁNDEZ MURILLO, el diez por ciento de los derechos sociales del capital social de la sociedad; (ii) A doña MARÍA GRACIELA FERNÁNDEZ MURILLO, el diez por ciento de los derechos sociales del capital social de la sociedad; (iii) A doña MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ MURILLO, el diez por ciento de los derechos sociales del capital social de la sociedad. B) En razón de las donaciones antes indicadas se modificó el artículo quinto de los estatutos sociales vigentes de la sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de setecientos treinta y cinco millones ciento dos mil quinientos treinta y tres pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) Doña MARÍA GRACIELA MURILLO MELO, aportó la suma de ciento cincuenta y cinco millones seiscientos trece mil ochocientos cincuenta y cinco pesos, que representa el veintiuno coma ciento sesenta y nueve por ciento aproximadamente de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, ingresando a caja social. Asimismo, se deja constancia que doña María Graciela Murillo Melo es usufructuaria además del cuarenta y ocho coma ochocientos treinta y un por ciento de los derechos sociales cuya nuda propiedad pertenece a los socios indicados en las letras (b), (c) y (d) de este artículo en los porcentajes que a continuación de indican. b) Don LUIS JORGE FERNÁNDEZ MURILLO, aportó la suma de ciento cincuenta y siete millones quinientos veinticinco mil ciento veintidós pesos, en calidad de nudo propietario del once coma cuatrocientos veintinueve por ciento y pleno propietario del diez por ciento de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, ingresando a caja social. c) Doña MARÍA GRACIELA FERNÁNDEZ MURILLO, aportó la suma de doscientos diez millones novecientos ochenta y un mil setecientos setenta y ocho pesos, en calidad de nuda propietaria del dieciocho coma setecientos un por ciento y plena propietaria del diez por ciento de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, ingresando a caja social. d) Doña MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ MURILLO, aportó la suma de doscientos diez millones novecientos ochenta y un mil setecientos setenta y ocho pesos, en calidad de nuda propietaria del dieciocho coma setecientos un por ciento y plena propietaria del diez por ciento de los derechos sociales, y que pagó con anterioridad a este acto, ingresando a caja social”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2025.