MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Hielo Sur S.A.

RUT 96992650-4 CVE 2725092
Capital
$1.607.780 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Notario
María Soledad Lascar Merino
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.607.780 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, domiciliada en Isidora Goyenechea número 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada el 30 de octubre de 2025, ante mí, a la cual se redujo el acta pertinente, se hizo constar la reforma de estatutos de Hielo Sur S.A., inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 10.623, número 8.789 del año 2002, acordada en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 23 de octubre de 2025. Se aumentó el capital estatutario de $1.607.780.436 dividido en 1.600.113 acciones de igual valor y sin valor nominal a $1.638.357.356 dividido en 1.669.606 acciones, de igual valor y sin valor nominal, mediante la emisión de 69.493 nuevas acciones de pago, iguales a las de 1.600.113 acciones inicialmente emitidas por la compañía y que deberán quedar suscritas y pagadas a más tardar el 31 de diciembre de 2025. En consecuencia, el capital social, ascendente $1.638.357.356, y las 1.669.606 acciones en que éste se divide, se encuentra en parte suscrito y pagado, y en parte pendiente de suscripción y pago, como sigue: a) 1.600.113 acciones, que corresponden a $1.607.780.436, fueron suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a esta fecha; y b) las restantes 69.493 acciones que representan los restantes $30.576.920 en el capital social, deberán ser emitidas y colocadas por el directorio en una o más partidas, a más tardar el 31 de diciembre de 2025 al valor que el directorio libremente determine, el que, en todo caso, no podrá ser inferior a 440 pesos por acción, y deberá ser pagado por su suscriptor en dinero, mediante la cesión de créditos o mediante la capitalización de deudas que aquél tenga en contra de la sociedad a la fecha de su suscripción. Santiago, 6 de noviembre de 2025.