CARRILLO PROPIEDADES SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 50846-2025
- Notario
- PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
- Oficio
- 19° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamientos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la prestación de todo tio de servicios jurídicos; prestar asesorías inmobiliarias, de construcción, remodelaciones gasfitería, pintura, electricidad mudanzas, servicios de reubicación; traslado pasajeros. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en co-participación con terceros y podrá efectuar cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado, y además, cualquier otro negocio que acordare la junta de accionistas para el desarrollo del giro social
Administración
USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CARRILLO PROPIEDADES SpA | socio | 76300564-K | — | — | |
| JOSE LUIS RAMOS CURD | socio | 11625040-3 | 50% | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público titular 19° Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 341, oficina 352, Certifica: Por escritura pública, de fecha 02 de SEPTIEMBRE de 2025, Repertorio N° 50.846- 2025, ante mí, comparece: Doña MARIA ISABEL CARRILLO ROJAS, chilena, casada y separada de bienes, Corredora de Propiedades, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos veinticuatro guión ocho, domiciliada en Marcel Duhaut dos mil novecientos cuarenta y nueve, departamento seiscientos dos, Comuna Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modifica y transforma sociedad CARRILLO PROPIEDADES SpA, Rol Unico Tributario N° 76.300.564-k, constituida por escritura pública otorgada con fecha 13 de Agosto del 2013, otorgada en la notaría de don Juan Facuse Heresi. Un extracto de dicha escritura fue inscrita a fojas 62.654 N° 41.324 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013. Hasta esta fecha la sociedad no ha sufrido modificaciones, se encuentra vigente y su capital estatutario asciende a la suma de $2.000.000, divididos en 2000 acciones nominativas ordinarias y sin valor nominal, capital totalmente pagado. Que, con fecha 02 de Septiembre del año 2025, Repertorio N° 50.841, ante mí, la compareciente MARIA ISABEL CARRILLO ROJAS, efectuó una COMPRAVENTA DE ACCIONES DE LA SOCIEDAD, a don JOSE LUIS RAMOS CURD, Cédula Nacional de Identidad N° 11.625.040-3, por la suma de $1.000.000 equivalente 1000 acciones, las que representan el 50 % de los derechos sociales.- Conforme con lo anterior, y a contar de la fecha de la presente escritura viene en transformar la sociedad por acciones en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, quedando como sigue a continuación. Doña MARIA ISABEL CARRILLO ROJAS, chilena, casada y separada de bienes, Corredora de Propiedades, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos veinticuatro guión ocho, domiciliada en Marcel Duhaut dos mil novecientos cuarenta y nueve, departamento seiscientos dos, Comuna Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y don JOSE LUIS RAMOS CURD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero de ejecución en sonido, cédula nacional de identidad once millones seiscientos veinticinco mil cuarenta guión tres, con domicilio para estos efectos en Marcel Duhaut dos mil novecientos cuarenta y nueve, departamento seiscientos dos, Comuna Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, ya individualizados, vienen en transformar dicha empresa en una sociedad Limitada se regirá por el presente estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; y, supletoriamente, en silencio de este estatuto y ese párrafo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, sustituyéndose íntegramente el pacto social, por el siguiente: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social será “CARRILLO PROPIEDADES LIMITADA”, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con el nombre de fantasía “CARRILLO PROPIEDADES LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida y continuará si uno de los socios falleciera, teniendo el socio sobreviviente el derecho de transformar la sociedad en EIRL o SPA o incorporar a la presente Sociedad un socio, sea éste persona natural o jurídica, quien deberá pagar al socio sobreviviente el aporte del socio fallecido y deberá incorporar al capital social el doble de lo que el socio fallecido incorporó. Objeto: El objeto de la sociedad será: La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamientos, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la prestación de todo tio de servicios jurídicos; prestar asesorías inmobiliarias, de construcción, remodelaciones gasfitería, pintura, electricidad mudanzas, servicios de reubicación; traslado pasajeros. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en co-participación con terceros y podrá efectuar cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado, y además, cualquier otro negocio que acordare la junta de accionistas para el desarrollo del giro social. Capital: El capital social es la suma $2.000.000 que los socios aportaron en las siguientes proporciones: a) MARIA ISABEL CARRILLO ROJAS, aporta la cantidad de $1.000.000, que corresponde al 50% del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y b) JOSE LUIS RAMOS CURD, aporta la cantidad de $1.000.000, que corresponde al 50% del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social según pacto social primitivo. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y ADMINISTRACIÓN. La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña MARÍA ISABEL CARRILLO ROJAS, quien podrá actuar separada e individualmente, debiendo informar de cualquier acto que realizare a los otros socios que no concurran en la materialización del acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de OCTUBRE del 2025. PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL.