BUSES ISKRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2025
- Repertorio
- 909-2025
- Notario
- OCTAVIO DOMINGO DIEGUEZ HENRIQUEZ
- Oficio
- Primera Notaría de Renca
- Comuna
- Renca
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| FRANCISCA IGNAO AÑASCO | socio | 18299623-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOCTAVIO DOMINGO DIEGUEZ HENRIQUEZ, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Renca, con domicilio en Avenida Domingo Santa María N°3629, comuna de Renca, certifica: Que con fecha 22 de octubre, bajo el Repertorio N°909-2025, doña FRANCISCA IGNAO AÑASCO, RUT 18.299.623-8, protocolizó el instrumento privado bajo el N.º 181 que contiene el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “BUSES ISKRA SpA”, celebrada el día 21 de octubre de 2025, en la cual se acuerda que como consecuencia del retiro de la accionista Dinka Cikutovic Madariaga, se acuerda modificar el Artículo Décimo Primero de la escritura de constitución de la sociedad Buses Iskra Spa, radicando la administración y sus facultades en el accionista Vinko Cikutovic Madariaga, según se expresa en el nuevo tenor de la cláusula primero, como sigue: “Artículo Décimo Primero: Administración de la Sociedad. La administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, que para todos los efectos será don VINKO ANTONIO CIKUTOVIC MADARIAGA, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo Vigésimo de estos estatutos le otorgan, incluso aquellas que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. El administrador, además, contará con las atribuciones especiales que le confieren los estatutos para el correcto funcionamiento de la sociedad.” La modificación se encuentra contenida en el instrumento privado protocolizado en la Primera Notaría de Renca, a cargo del Notario Francisco Javier Ahumada Castillo, bajo el Repertorio N°909-2025. Existen otras estipulaciones en el instrumento protocolizado que no son materia de extracto, por no referirse a modificaciones estatutarias ni alterar el número ni la serie de las acciones de la sociedad. Santiago, 22 de octubre de 2025.