AGRÍCOLA SAN ALFONSO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2025
- Repertorio
- 6146-2025
- Notario
- CATALINA DEL PINO CONSTANZO
- Domicilio
- Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Av. La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2025, Repertorio N°6146-2025, otorgada ante mí: Doña Rosa María Edwards Fernández, doña María Luisa Vega Edwards y doña María Patricia Vega Edwards, domiciliadas en Parcela N° 2-B, Alantaña, Placilla, Sexta Región, modificaron los estatutos de la sociedad AGRÍCOLA SAN ALFONSO LIMITADA, reemplazando los artículos primero, séptimo y noveno por los siguientes: Artículo Primero: Son únicos socios de la sociedad doña Rosa María Edwards Fernández, doña María Luisa Vega Edwards y doña María Patricia Vega Edwards. Artículo Séptimo: El capital social es de $1.000.000 (un millón de pesos), aportado y enterado de la siguiente forma: Rosa María Edwards Fernández: $750.000, equivalente al 75% del capital social; María Luisa Vega Edwards: $125.000, equivalente al 12,5% del capital social; María Patricia Vega Edwards: $125.000, equivalente al 12,5% del capital social. Artículo Noveno: La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Rosa María Edwards Fernández, quien actuando individualmente representará a la sociedad con las más amplias facultades. También podrán representarla actuando conjuntamente doña Rosa María Edwards Fernández con doña María Luisa Vega Edwards o con doña María Patricia Vega Edwards. En caso de fallecimiento de Rosa María Edwards Fernández, la administración corresponderá conjuntamente a María Luisa Vega Edwards y María Patricia Vega Edwards. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Los demás términos y condiciones de la escritura social original permanecen inalterados. Santiago, 13 de octubre de 2025.