CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Gofar SpA

CVE 2724364
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
29 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de octubre de 2025
Repertorio
18869-2025
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la inversión y la obtención de rentas de capitales mobiliarios en el extranjero, en moneda extranjera, en especial, las provenientes de dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones o derechos en toda clase de sociedades, fondos y vehículos de inversión de cualquier naturaleza; bonos, debentures o títulos de créditos; créditos de cualquier clase; depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia, e instrumentos de deuda de oferta pública; criptoactivos, y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados. La Sociedad excepcionalmente podrá desarrollar su giro de inversiones en Chile, con el objeto de rentabilizar cantidades que mantenga transitoriamente en su cuenta corriente en el país, ya sea para ser invertidas o distribuidas a sus

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifico: Por instrumento privado protocolizado ante mí con fecha 29 de octubre de 2025, bajo el repertorio N° 18.869-2025, los señores Rodrigo Antonio Farías Romero y Claudia Andrea Goles Spiess, constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables de acuerdo a la ley son las siguientes: Nombre: “Gofar SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será la inversión y la obtención de rentas de capitales mobiliarios en el extranjero, en moneda extranjera, en especial, las provenientes de dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones o derechos en toda clase de sociedades, fondos y vehículos de inversión de cualquier naturaleza; bonos, debentures o títulos de créditos; créditos de cualquier clase; depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia, e instrumentos de deuda de oferta pública; criptoactivos, y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados. La Sociedad excepcionalmente podrá desarrollar su giro de inversiones en Chile, con el objeto de rentabilizar cantidades que mantenga transitoriamente en su cuenta corriente en el país, ya sea para ser invertidas o distribuidas a sus accionistas. Capital: US$10.000 (dólares de los Estados Unidos de América), dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones, que no son materia de extracto, constan en instrumento privado protocolizado extractado. Doy fe.- Santiago, 04 de noviembre de dos mil veinticinco.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.