ÁRIDOS LIVIO MAGGI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2025
- Notario
- ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA
- Domicilio
- Viña del Mar
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don JUAN MANUEL MAGGI ROSSELOT y a don LIVIO JUAN MAGGI PIZARRO, este último tercero no socio, quienes conjunta, separada o indistintamente y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, actuarán por la sociedad con las facultades contenidas en la escritura extractada. DOS) Se modifica la sociedad, en el sentido que esta tendrá un plazo de vigencia de 25 años a contar de la fecha de la presente modificación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, Abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle doce norte número 785, primer piso, local dos, Viña del Mar, suplente del titular en virtud de decreto judicial protocolizado, certifica: por escritura pública de 8/septiembre/2025, ante Suplente Juan Ignacio Lorca Gutierrez, don Juan Manuel Maggi Rosselot, C.I N° 17.118.599-8; doña Nicole Eugenia Maggi Rosselot, C.I N° 18.298.306-3 y don Livio Juan Maggi Pizarro, C.I. Nº 5.536.998-4, todos domiciliados en calle Uno Poniente número ciento veintitrés, oficina cuatrocientos once, Viña del Mar, modifican sociedad “ÁRIDOS LIVIO MAGGI LIMITADA”, inscrita a fojas 1.005 número 1.168, en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año 2009, RUT N° 76.069.032-5, cuyas menciones a extractar son las siguientes: UNO) Los únicos socios de la sociedad “ÁRIDOS LIVIO MAGGI LIMITADA”, don JUAN MANUEL MAGGI ROSSELOT y doña NICOLE EUGENIA MAGGI ROSSELOT, modifican y sustituyen cláusula Tercero. Administración, del denominado PACTO SOCIAL DEFINITIVO, en los términos siguientes: “Tercero. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don JUAN MANUEL MAGGI ROSSELOT y a don LIVIO JUAN MAGGI PIZARRO, este último tercero no socio, quienes conjunta, separada o indistintamente y anteponiendo la razón social a su o sus firmas, actuarán por la sociedad con las facultades contenidas en la escritura extractada. DOS) Se modifica la sociedad, en el sentido que esta tendrá un plazo de vigencia de 25 años a contar de la fecha de la presente modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, a 4 de noviembre de 2025.