Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 32186-2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) Desarrollar, invertir, adquirir, arrendar, operar, optimizar y)o comercializar energía, activos y proyectos energéticos, incluyendo sistemas de almacenamiento de energía (BESS), generación renovable y recursos energéticos distribuidos; b) Participar en el desarrollo de proyectos greenfield hasta sus etapas ready-to-build u operativas; c) Comprar, vender, arrendar, optimizar y)o gestionar dichos activos energéticos; d) Ofrecer soluciones de inteligencia artificial y servicios de software-as-a-service (SaaS) para la optimización de almacenamiento en baterías o activos híbridos; e) Comercializar y)o transar energía y servicios relacionados; f) Prestar servicios de consultoría, gestión, asesoría y representación en los sectores de energía y tecnología, ya sea de manera directa o indirecta, a través de una o más sociedades filiales o relacionadas; y g) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución
Administración
Administración y representación de la sociedad corresponderá a don Diego Siguelnitzky Cristi, Francisco Furey y Nicolás Nuñez Sahr, actuando cualquiera de ellos individualmente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2025, repertorio N° 32.186-2025, ante mí, Notario Titular de esta Notaría, comparece don DIEGO SIGUELNITZKY CRISTI, cédula de identidad número 18.640.802-0, a constituir una sociedad por acciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio: Nombre o Razón Social: “50X Chile SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) Desarrollar, invertir, adquirir, arrendar, operar, optimizar y/o comercializar energía, activos y proyectos energéticos, incluyendo sistemas de almacenamiento de energía (BESS), generación renovable y recursos energéticos distribuidos; b) Participar en el desarrollo de proyectos greenfield hasta sus etapas ready-to-build u operativas; c) Comprar, vender, arrendar, optimizar y/o gestionar dichos activos energéticos; d) Ofrecer soluciones de inteligencia artificial y servicios de software-as-a-service (SaaS) para la optimización de almacenamiento en baterías o activos híbridos; e) Comercializar y/o transar energía y servicios relacionados; f) Prestar servicios de consultoría, gestión, asesoría y representación en los sectores de energía y tecnología, ya sea de manera directa o indirecta, a través de una o más sociedades filiales o relacionadas; y g) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $100.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente manera: i) Don DIEGO SIGUELNITZKY CRISTI suscribe en este acto 100.000 acciones por un valor de $100.000 pesos, quien paga en ese mismo acto en dinero efectivo ingresándolo a la caja social. La totalidad de las acciones de la sociedad se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Administración: Administración y representación de la sociedad corresponderá a don Diego Siguelnitzky Cristi, Francisco Furey y Nicolás Nuñez Sahr, actuando cualquiera de ellos individualmente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago 4 de noviembre de 2025.