Capital
$11.849.060.000 CLP
Fecha instrumento
5 de abril de 2013
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2013
Repertorio
31549-25
Notario
Susana Belmonte Aguirre
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$11.849.060.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Susana Belmonte Aguirre, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con domicilio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco oficinas doscientos uno, comuna de Las Condes, certifico que: por escritura Pública de fecha 30 de octubre de dos mil veinticinco, repertorio N°31549-25, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de VTYG S.A., efectuada el veintitrés de octubre de dos mil veinticinco con la asistencia de doña Susana Belmonte Aguirre; PRIMERO: La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 445, Vuelta número 236, correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó del año 2013. SEGUNDO: La Sociedad según sus estatutos tiene actualmente un capital de $11.849.060.000, dividido en 136.792.201 de acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. TERCERO: En junta de fecha veintitrés de octubre de dos mil veinticinco se acordó aumentar el número total de integrantes del Directorio de 3 a 4 miembros y como consecuencia de ello ajustar el quorum para sesionar, reemplazando al efecto los artículos Quinto y Noveno, de la escritura de constitución de fecha 05 de abril de 2013. CUARTO: Se acordó designar como nuevo miembro del Directorio a don Edgar Vecchiola Morales, por lo que el Directorio quedo compuesto por don Enzo Vecchiola Morales como Presidente, don Angelo Vecchiola Morales como Vicepresidente, don Gian-Franco Vecchiola Morales como Director y don Edgar Vecchiola Morales como Director .QUINTO: Se acordó Modificar el artículo Quinto del Estatuto social quedando en el siguiente tenor “QUINTO: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cuatro miembros. La elección de los Directores se hará en una misma y única votación. Los Directores podrán ser o no accionistas y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Directorio durará un período de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. Si se produjere la vacancia de un Director, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la Sociedad y en el intertanto el Directorio podrá nombrar un reemplazante. Los miembros del Directorio podrán ser remunerados por su función de tales, correspondiéndole anualmente a la Junta Ordinaria de Accionistas el determinarlo y su monto conforme a las reglas generales". SEXTO: Se acordó modificar el artículo Noveno del Estatuto social quedando en el siguiente tenor "NOVENO: Las reuniones del Directorio se constituirán con la asistencia de al menos dos Directores y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los Directores asistentes. En caso de empate en las votaciones, resolverá el voto del Presidente o del que haga sus veces” Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 04 de noviembre de 2025.