TRIPUNTO CAM PROTESICO DENTAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2025
- Notario
- MIGUEL CHACON ZEBALLOS
- Oficio
- Tercera Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- - Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La elaboración, fabricación, diseño, reparación y comercialización, importación y exportación de toda clase de prótesis dentales y, en general, de aparatos de ortodoncia, ortopedia y dispositivos médicos a medida relacionados con el área odontológica y maxilofacial; b) Establecer, organizar y administrar laboratorios dentales equipados para la creación de prótesis fijas, removibles, implanto-soportadas, carillas, coronas, incrustaciones y todo tipo de aparatos dentales y maxilofaciales, utilizando diversas tecnologías y materiales (como cerámicas, metales, resinas, entre otros; c) Prestar servicios de asistencia técnica y soporte a profesionales odontólogos, clínicas dentales e instituciones de salud, en lo que respecta a la toma de impresiones, diseño digital y ajustes de los dispositivos fabricados; d) Comercializar, distribuir, importar y exportar materiales, insumos, equipamiento y herramientas necesarios para la actividad de laboratorio dental. e) Realizar cualquier otra actividad, que directa o indirectamente se relacione con los objetos principales o que los socios acuerden desarrollar por ser aconsejables a los intereses de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL CHACON ZEBALLOS, Notario Público Interino Tercera Notaría de Rancagua, Campos 377, Rancagua, certifica: que por escritura pública de hoy ante mí; ANDREA ALEJANDRA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, plaza Las Vertientes Norte N°925, comuna de Machalí, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins; ROBINSON ANDRÉS GONZÁLEZ VIDAL, Bombero Villalobos 764 B, Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y CARLOS ANDRES MORALES HERRERA, Calle Madrid N° 779, Población Urmeneta, Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins; constituyen sociedad responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL. “TRIPUNTO CAM PROTESICO DENTAL LIMITADA”, nombre fantasía “TRIPUNTO LTDA.”. OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) La elaboración, fabricación, diseño, reparación y comercialización, importación y exportación de toda clase de prótesis dentales y, en general, de aparatos de ortodoncia, ortopedia y dispositivos médicos a medida relacionados con el área odontológica y maxilofacial; b) Establecer, organizar y administrar laboratorios dentales equipados para la creación de prótesis fijas, removibles, implanto-soportadas, carillas, coronas, incrustaciones y todo tipo de aparatos dentales y maxilofaciales, utilizando diversas tecnologías y materiales (como cerámicas, metales, resinas, entre otros; c) Prestar servicios de asistencia técnica y soporte a profesionales odontólogos, clínicas dentales e instituciones de salud, en lo que respecta a la toma de impresiones, diseño digital y ajustes de los dispositivos fabricados; d) Comercializar, distribuir, importar y exportar materiales, insumos, equipamiento y herramientas necesarios para la actividad de laboratorio dental. e) Realizar cualquier otra actividad, que directa o indirectamente se relacione con los objetos principales o que los socios acuerden desarrollar por ser aconsejables a los intereses de la sociedad. DOMICILIO. - Rancagua, sin perjuicio sucursales en el resto del país o extranjero. CAPITAL. $15.000.000, socios aportan así: ANDREA ALEJANDRA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, 45% capital social equivalente a $6.750.000, que entera en este acto dinero efectivo, ingresado caja social. ROBINSON ANDRÉS GONZÁLEZ VIDAL, 45% capital social equivalente a $6.750.000, que entera en este acto dinero efectivo, ingresado caja social. CARLOS ANDRES MORALES HERRERA, 10% capital social equivalente a $1.500.000 que entera en este acto dinero efectivo ingresado a caja social. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL. Corresponderá conjuntamente a doña ANDREA ALEJANDRA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y don ROBINSON ANDRÉS GONZÁLEZ VIDAL, amplias facultades. RESPONSABILIDAD. Limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes. PLAZO. Indefinido a contar de fecha escritura, sin perjuicio que cualquier socio puede terminar la sociedad notificando a demás socios con 60 días hábiles de anticipación. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 04 de Noviembre de 2025.-