SOLARITY I SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de octubre de 2025
- Repertorio
- 96354/2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Chile | socio | 77909265-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, Segunda Notaría de Santiago, domiciliado en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2025, bajo repertorio N°96.354 /2025, otorgada ante mí, SOLARITY ENERGÍA SpA, una sociedad por acciones constituida y válidamente existente bajo las leyes de Chile, RUT N°77.909.265-8; en calidad de único y actual accionista de SOLARITY I SpA (la “Sociedad”), RUT N°77.934.468-1, inscrita a fojas 55.513, N°22.557 del Registro de Comerio de Santiago del año 2024, modificó los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: i) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de 1.000 dólares de Estados Unidos de América (“Dólares”), dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de 3.631.418 Dólares, dividido en 363.142 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, esto es en la suma de 3.630.418 Dólares, mediante la emisión de 363.042 acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, que fueron íntegramente suscritas y pagadas por Solarity Energía SpA, en la forma señalada en la escritura extractada. ii) Como consecuencia de lo anterior, se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de tres millones seiscientos treinta y un mil cuatrocientos dieciocho dólares de los Estados Unidos de América /en adelante, “Dólares”/ dividido en trescientas sesenta y tres mil ciento cuarenta y dos acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño, sin perjuicio de lo establecido en los artículos sexto y noveno del presente estatuto”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de tres millones seiscientos treinta y un mil cuatrocientos dieciocho Dólares dividido en trescientas sesenta y tres mil ciento cuarenta y dos acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas”. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, Segunda Notaría de Santiago. Santiago, 30 de octubre de 2025.