MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LAS VERTIENTES LIMITADA

RUT 76270680-6 CVE 2723408
Fecha instrumento
22 de octubre de 2025

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2025
Repertorio
11361-25
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Agrupación Comunas Temuco

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
RODRIGO ANDRES MONGE FUENTEALBA socio 10389729-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular Agrupación Comunas Temuco, Padre Las Cas Melipeuco, Cunco Vilcún y Freire, con domicilio en calle Antonio Varas 979 Temuco, Certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Octubre del año 2025, repertorio Nº11.361-25, otorgada ante mí, RODRIGO ANDRES MONGE FUENTEALBA, chileno, abogado, divorciado, Cédula Nacional de Identidad N°10.389.729-7, domiciliado Manuel Montt Nº850 OF. 502 Temuco, PRIMERO: El objeto de esta escritura es sanear el vicio por inscripción tardía del extracto en el Registro de Comercio, del extracto de la cesión derechos sociales y modificación de la Sociedad de responsabilidad limitada denominada "LAS VERTIENTES LIMITADA?, suscrita por escritura pública, por don ARNOLDO FRANCISCO GRAMER WEISSER, doña TERESA ISABEL POO POO, doña JENNIE ISABEL GRAMER POO, y doña GISELA LINA GRAMER POO, con fecha 14 mayo 2024, repertorio número 5223-24, ante la Notario Público Temuco ESMIRNA VIDAL MORAGA.- SEGUNDO: De acuerdo a lo dispuesto en el ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, y habiéndose inscrito fuera de plazo en el registro de comercio del conservador de bienes raíces de Pucón. EL extracto de la escritura pública individualizada en la cláusula primera de este instrumento, el compareciente viene en suscribir la presente escritura con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la citada ley. En todo lo restante, quedad la modificada en los mismos términos descritos en la escritura de cesión de derechos y modificación. Demás estipulaciones en escritura extractada precedentemente. Temuco, 03 de Noviembre de 2025.