ELÉCTRICA PADRE HURTADO SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2025
- Repertorio
- 21290-2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $25.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°21.290-2025, SERVICIOS AMAZON DATA SERVICES CHILE SpA, Rol Único Tributario número 76.789.742-1, en su calidad de único accionista de la sociedad ELÉCTRICA PADRE HURTADO SpA, Rol Único Tributario número 77.542.492-3, sociedad inscrita a fojas 103.793, número 48.101 del Registro de Comercio del Conservador de Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (en adelante, la “Sociedad”), acordó, entre otras materias: (i) Aumentar el monto del capital de la Sociedad en la suma de $25.000.000, pasando desde la suma de $191.343.100 a la suma total de $216.343.100.- (ii) Modificar el número de acciones totales de la sociedad, quedando en un total de 201 acciones ordinarias, de una misma y única serie, todas nominativas y sin valor nominal, mediante la cancelación de 16 de las actuales acciones de la Sociedad, de manera de dividir el capital de la misma en 201 acciones. Dejando expresa constancia que este ajuste no constituye disminución de capital. (iii) Como consecuencia de los acuerdos anteriores, se reemplazaron los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, que se reproducen a continuación: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de 216.343.100 pesos, dividido en 201 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por los accionistas en Junta de Accionistas. En silencia o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de seis meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta de Accionistas acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de 216.343.100 pesos, dividido en 201 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha por SERVICIOS AMAZON DATA SERVICES CHILE SpA.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de octubre de 2025.