CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS LEGATUM GOVERNANCE LIMITADA

CVE 2723019
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
20 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de octubre de 2025
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura de constitución. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente, en su caso

Objeto social

a) La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales en materias de administración patrimonial, financiamiento, planificación estratégica de sucesiones hereditarias, negocios, administración de empresas y patrimonios personales, en materia tributaria, finanzas, reorganización de empresas y de capitales, en la gestión de activos y pasivos personales y empresariales, reestructuración de deudas, liquidación de activos y, en general, en todo tipo de materias económicas y comerciales. b) La realización de capacitaciones, seminarios, cursos, en materias económicas, comerciales, de finanzas y, en general, respecto del objeto señalado en la letra anterior. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, realizar toda clase de inversiones y actos o contratos destinados a hacer rentar los ingresos de la sociedad y a promover sus operaciones y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Administración

Corresponderá a los dos socios, JAVIER ESTEBAN MENDICUTE ARECHAVALA y ANDREA CUOMO, actuando conjunta, o separadamente uno cualquiera de ellos, con las más amplias facultades de administración y disposición, salvo en cuanto a las facultades restringidas señaladas en el artículo séptimo de los estatutos sociales, las que deberán ser ejercidas por ambos socios actuando conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 20 de octubre de 2025, ante mi, JAVIER ESTEBAN MENDICUTE ARECHAVALA, domiciliado en calle San Vicente Ferrer número 2408, Las Condes, Santiago y ANDREA CUOMO, domiciliado en Heslingestrasse número 42 A, ciudad de Küsnacht, Suiza y, de paso en esta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “ASESORÍAS LEGATUM GOVERNANCE LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, el nombre de fantasía “LEGATUM GOVERNANCE LIMITADA”. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a los dos socios, JAVIER ESTEBAN MENDICUTE ARECHAVALA y ANDREA CUOMO, actuando conjunta, o separadamente uno cualquiera de ellos, con las más amplias facultades de administración y disposición, salvo en cuanto a las facultades restringidas señaladas en el artículo séptimo de los estatutos sociales, las que deberán ser ejercidas por ambos socios actuando conjuntamente. Domicilio: comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Capital: $2.000.000 Aportado por JAVIER ESTEBAN MENDICUTE ARECHAVALA: $1.000.000 y ANDREA CUOMO: $1.000.000, que pagan al contado y en dinero efectivo, los que ingresaron en el acto de la constitución en arcas de la sociedad. Objeto social: a) La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales en materias de administración patrimonial, financiamiento, planificación estratégica de sucesiones hereditarias, negocios, administración de empresas y patrimonios personales, en materia tributaria, finanzas, reorganización de empresas y de capitales, en la gestión de activos y pasivos personales y empresariales, reestructuración de deudas, liquidación de activos y, en general, en todo tipo de materias económicas y comerciales. b) La realización de capacitaciones, seminarios, cursos, en materias económicas, comerciales, de finanzas y, en general, respecto del objeto señalado en la letra anterior. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, realizar toda clase de inversiones y actos o contratos destinados a hacer rentar los ingresos de la sociedad y a promover sus operaciones y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar a ellas. Plazo: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la escritura de constitución. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente, en su caso. Santiago, 29 de octubre de 2025.