LITORAL TRANSMISIÓN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2025
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
(a) Administrar, desarrollar y explotar en todas sus formas sistemas de transporte o transmisión de electricidad, por cuenta propia o ajena, de su propiedad o de terceros, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar de las concesiones y permisos respectivos y ejercer todos los derechos y facultades que la legislación vigente confiere a las empresas eléctricas. Se comprende en el objeto social la comercialización de la capacidad de transporte de líneas y de transformación de las subestaciones y equipos asociadas a ellas, con el objeto de que las centrales generadoras, tanto nacionales como extranjeras, puedan transmitir la energía eléctrica que producen y llegar hasta sus centros de consumo; la participación en licitaciones públicas o privadas para desarrollar toda clase de proyectos de transmisión eléctrica (incluyendo con respecto a planes de expansión); la construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de transmisión, así como también la prestación de servicios de consultoría en las especialidades de ingeniería, construcción, operación y gestión de tales proyectos; servicios de operación y desarrollo de tecnologías; y el desarrollo de otras actividades comerciales e industriales que se relacionen con el aprovechamiento de la infraestructura destinada a la transmisión eléctrica; (b) Producir, adquirir y vender energía eléctrica en cualquier parte del territorio del país o del extranjero; (c) Construir, adquirir y explotar toda clase de instalaciones destinadas a la producción, transmisión, compra, venta y aprovechamiento en cualquier forma de la energía eléctrica; (d) Realizar inversiones en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, bonos, acciones, debentures, pagarés y cualquier otro instrumento financiero o comercial y en general, cualquiera otra inversión relacionada con los giros de la sociedad; (e) Realizar toda clase de operaciones en el mercado de capitales. (f) Construir edificios, casas y obras materiales de cualquier naturaleza, sea por cuenta propia o de terceros y realizar negocios que sean afines con tales giros; (g) Desarrollar actividades relacionadas con las diferentes formas de energía; (h) Desarrollar actividades ganaderas, agrícolas, agroindustriales y frutícolas en bienes raíces propios o de terceros; (i) Desarrollar actividades mineras, pesqueras o forestales; (j) Comercializar bienes y productos por cuenta propia o de terceros; (k) Representar empresas industriales y comerciales, nacionales o extranjeras; (l) Desarrollar estudios por encargo de terceros, para la materialización de proyectos industriales, comerciales, financieros, ganaderos, agrícolas, agroindustriales, frutícolas, mineros, pesqueros y forestales; (m) Prestar servicios a terceros en materias operacionales, de gestión u otras vinculadas con la actividad eléctrica; y (n) Producir, adquirir, transportar y distribuir energía eléctrica; construir y adquirir centrales, subestaciones y en general, explotar toda clase de concesiones e instalaciones destinadas a la producción, transmisión, compra, venta, distribución y aprovechamiento de la energía eléctrica, en cualquier forma. En el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá actuar directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de octubre, Rep. 7219, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada también ante mí con fecha 8 de octubre de 2025, de la sociedad LITORAL TRANSMISIÓN S.A. RUT 77.470.446-9, inscrita Fs. 78007 N.º 36066 Registro de Comercio de Santiago del 2021, en adelante, la "Sociedad", que aprobó la ampliación de giro de la compañía incorporando expresamente las siguientes actividades: “n) Producir, adquirir, transportar y distribuir energía eléctrica; construir y adquirir centrales, subestaciones y, en general, explotar toda clase de concesiones e instalaciones destinadas a la producción, transmisión, compra, venta, distribución y aprovechamiento de la energía eléctrica, en cualquier forma”. En consecuencia, se modificó el artículo tercero permanente de los estatutos de la Sociedad, reemplazándose por el siguiente “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: (a) Administrar, desarrollar y explotar en todas sus formas sistemas de transporte o transmisión de electricidad, por cuenta propia o ajena, de su propiedad o de terceros, pudiendo para tales efectos obtener, adquirir y gozar de las concesiones y permisos respectivos y ejercer todos los derechos y facultades que la legislación vigente confiere a las empresas eléctricas. Se comprende en el objeto social la comercialización de la capacidad de transporte de líneas y de transformación de las subestaciones y equipos asociadas a ellas, con el objeto de que las centrales generadoras, tanto nacionales como extranjeras, puedan transmitir la energía eléctrica que producen y llegar hasta sus centros de consumo; la participación en licitaciones públicas o privadas para desarrollar toda clase de proyectos de transmisión eléctrica (incluyendo con respecto a planes de expansión); la construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de transmisión, así como también la prestación de servicios de consultoría en las especialidades de ingeniería, construcción, operación y gestión de tales proyectos; servicios de operación y desarrollo de tecnologías; y el desarrollo de otras actividades comerciales e industriales que se relacionen con el aprovechamiento de la infraestructura destinada a la transmisión eléctrica; (b) Producir, adquirir y vender energía eléctrica en cualquier parte del territorio del país o del extranjero; (c) Construir, adquirir y explotar toda clase de instalaciones destinadas a la producción, transmisión, compra, venta y aprovechamiento en cualquier forma de la energía eléctrica; (d) Realizar inversiones en bienes inmuebles y muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, bonos, acciones, debentures, pagarés y cualquier otro instrumento financiero o comercial y en general, cualquiera otra inversión relacionada con los giros de la sociedad; (e) Realizar toda clase de operaciones en el mercado de capitales. (f) Construir edificios, casas y obras materiales de cualquier naturaleza, sea por cuenta propia o de terceros y realizar negocios que sean afines con tales giros; (g) Desarrollar actividades relacionadas con las diferentes formas de energía; (h) Desarrollar actividades ganaderas, agrícolas, agroindustriales y frutícolas en bienes raíces propios o de terceros; (i) Desarrollar actividades mineras, pesqueras o forestales; (j) Comercializar bienes y productos por cuenta propia o de terceros; (k) Representar empresas industriales y comerciales, nacionales o extranjeras; (l) Desarrollar estudios por encargo de terceros, para la materialización de proyectos industriales, comerciales, financieros, ganaderos, agrícolas, agroindustriales, frutícolas, mineros, pesqueros y forestales; (m) Prestar servicios a terceros en materias operacionales, de gestión u otras vinculadas con la actividad eléctrica; y (n) Producir, adquirir, transportar y distribuir energía eléctrica; construir y adquirir centrales, subestaciones y en general, explotar toda clase de concesiones e instalaciones destinadas a la producción, transmisión, compra, venta, distribución y aprovechamiento de la energía eléctrica, en cualquier forma. En el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá actuar directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de octubre de 2025.HQM. Not, Pub.