AGRICOLA LAS CASAS DE SAN ALFONSO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 10788/2025
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Carmencita 20, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2025, Repertorio N° 10.788/2025, ante mí, doña MARIA JOSEFINA RUIZ-TAGLE CRUZ, domiciliada en calle Camino Lonquén Sur paradero veintidós y medio, Fundo San Alfonso, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana; don JOSE MIGUEL RUIZ-TAGLE CRUZ, domiciliado en calle Raúl Labbé N° 12.936, departamento 111, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don ALFONSO GABRIEL RUIZ-TAGLE CRUZ, domiciliado en calle San Carlos de Apoquindo N° 1186, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “AGRICOLA LAS CASAS DE SAN ALFONSO LIMITADA”, Rut N° 76.457.673-K, Capital: $1.000.000, inscrita a fojas 25.639 número 15.233 del año 2015 del Registro de Comercio de Santiago, en los siguientes términos: A) CESIONES DE DERECHOS: Uno) María Josefina Ruiz-Tagle Cruz cede a José Miguel Ruiz-Tagle Cruz, un 16.67% de los derechos sociales; y Dos) María Josefina Ruiz-Tagle Cruz cede a Alfonso Gabriel Ruiz-Tagle Cruz, un 16,66% de los derechos sociales; De esta forma, María Josefina Ruiz-Tagle Cruz se retira de la sociedad, y don José Miguel Ruiz-Tagle Cruz junto a Alfonso Gabriel Ruiz-Tagle Cruz incrementan sus participaciones sociales. B) NUEVAS PARTICIPACIONES SOCIALES: En virtud de lo anterior, los socios y su participación en el capital social quedan en definitiva de la siguiente forma: a) Jose Miguel Ruiz-Tagle Cruz, con un 50%; y c) Alfonso Gabriel Ruiz-Tagle Cruz, con el 50% restante.- C) REFORMA DE ESTATUTOS: Los socios acuerdan: Uno) Reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital, por el siguiente nuevo texto: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don JOSE MIGUEL RUIZ-TAGLE CRUZ aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, habiéndola ingresado a la caja social; y b) don ALFONSO GABRIEL RUIZ-TAGLE CRUZ aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, habiéndola ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.”; y Dos) Reemplazar el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, sus apoderados y sus facultades, la que corresponderá en forma individual a cualesquiera de los socios don José Miguel Ruiz-Tagle Cruz y don Alfonso Gabriel Ruiz-Tagle Cruz. Demás cláusulas constan en escritura que extracto.- En lo no modificado queda vigente el pacto social. Santiago, 23 de octubre de 2025. MMO.