MAXAM CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de octubre de 2025
- Repertorio
- 18592-2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público de la 8ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, Santiago, certifico que con fecha 17 de septiembre de 2025, bajo el repertorio N°18.592-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas celebrada con esa misma fecha, de la sociedad Maxam Chile S.A. (la “Sociedad”), la cual fue inscrita a fojas 33.107 número 26.744 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002. A la referida junta asistieron representadas el 100% de las acciones con derecho a voto de la Sociedad, según se acreditó teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad, quienes acordaron modificar el objeto social de la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) la fabricación, comercialización, importación, exportación y distribución de explosivos y productos químicos y de sistemas de iniciación de uso civil; b) inversiones, desarrollo de productos, importaciones, exportaciones, representaciones, comercialización de productos diversos y excedentes industriales; c) el ser contratista en obras mayores y menores; d) Prestar servicios de transporte y de trabajos aéreos, con fines de lucro, incluyendo la captura de imágenes, fotografías, filmaciones aéreas, inspecciones, monitoreos, cartografía, mapeo u otras actividades técnicas o comerciales, mediante el uso de drones u otros vehículos aéreos no tripulados, así como el procesamiento, análisis y comercialización de la información resultante de dichos trabajos; e) la prestación de toda clase de servicios relacionados con los apartados anteriores, incluyendo el diseño y ejecución de voladuras de todas clases. Asimismo, la sociedad podrá realizar toda clase de negocios y que se relacionen directa o indirectamente al objeto y, en general, cualquier otra actividad o negocio que sus socios acuerden.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2025.