MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES EL TEJO LIMITADA

RUT 78041670-K CVE 2721309
Capital
$130.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de octubre de 2025
Repertorio
18102-2025
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$130.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
JOSÉ MIGUEL TEJO VERA socio 7751693-K
INVERSIONES EL TEJO LIMITADA socio 78041670-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359 Providencia, certifica que, por escritura fecha 20 de octubre 2025, repertorio n° 18.102-2025, comparece: ante mí, JOSÉ MIGUEL TEJO VERA, arquitecto, C.N.I. Nº 7.751.693-K, quién comparece por sí y en representación convencional de MARINA TEJO MONTILLA, psicóloga, C.N.I. Nº 21.729.049-K; don MIGUEL TEJO MONTILLA, biólogo, C.N.I. Nº 21.729.050-3, todos mayores de edad y domiciliados en Avda. Apoquindo Nº 5583, oficina Nº 52 comuna Las Condes, Santiago, vienen en modificar sociedad de responsabilidad limitada, INVERSIONES EL TEJO LIMITADA, RUT Nº 78.041.670-K, constituida 24 septiembre de 1990 en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, inscrita a Fojas 27.054 Número 13.464 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1990, siguiente forma: VENTA DE DERECHOS SOCIALES Y COMPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD.- Don José Miguel Tejo Vera, vende, cede y transfiere a doña Marina Tejo Montilla, el 49,4% de los derechos sociales de Inversiones El Tejo Limitada, por el precio de $64.220.000, pagado en la forma señala en escritura social y, a don Miguel Tejo Montilla el 49,5% de los derechos sociales de Inversiones El Tejo Limitada, por el precio de $64.350.000, pagado en la forma señala en escritura social. Con la venta la sociedad queda compuesta por los siguientes socios y con los porcentajes de aporte de capital social que se indican: I.- José Miguel Tejo Vera con un 1% y, II.- Marina Tejo Montilla y Miguel Tejo Montilla cada uno con un 49,5%. MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES:- Los actuales socios realizan siguientes modificaciones al estatuto social: I.- ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a los señores José Miguel Tejo Vera y Marina Tejo Montilla, quienes podrán actuar conjunta como separadamente en representación de la sociedad, anteponiendo a sus firmas la razón social, quedando estos socios administradores facultados para obligar y representar a la sociedad, conjunta o separadamente, en todos los actos o contratos. Ambos socios administradores, actuando en conjunto o separadamente tendrán todas las facultades que en derecho se requieran conforme lo señala escritura extractada. II.- CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de $130.000.000.- que aportan los socios de la siguiente forma: A) Don José Miguel Tejo Vera aporta el 1% del capital social, que equivale a la suma de $1.300.000 que ha ingresado a la caja social con anterioridad a la fecha del contrato extractado y; B) cada uno de los socios señores Marina Tejo Montilla y Miguel Tejo Montilla aportan por separado el 49,5% del capital social, que corresponde a la suma de $64.350.000, montos que han ingresado cada uno de estos socios a la caja social con anterioridad a la firma escritura extractada. III.- DISTRIBUCIÓN UTILIDADES.- Las eventuales utilidades se distribuirán entre los socios en proporción a sus derechos sociales: A) Don José Miguel Tejo Vera 1%; B) Señora Marina Tejo Montilla 49,5% y; C) Don Miguel Tejo Montilla 49,5%. IV.- FALLECIMIENTO.- En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán nombrar a un mandatario o procurador común para actuar ante la sociedad, quién no tendrá facultades de administrar. En caso de fallecer los 2 socios administradores nombrados en escritura extractada, la administración exclusiva de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá desde el momento de la muerte del último de los administradores, al señor Miguel Tejo Montilla, con las facultades establecidas en escritura extractada. En todo lo no modificado en escritura extractada, seguirán vigentes disposiciones contenidas en la escritura de constitución de sociedad y modificaciones posteriores. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Octubre 2025.