INMOBILIARIA VENCEA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2025
- Repertorio
- 2492
- Notario
- JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- N. fantasía
- “VENCEA LIMITADA”, pudiendo utilizar indistintamente la expresión “LTDA”
- Capital
- $287.094.750 CLP
- Domicilio
- Chillán Viejo
- Duración
- La sociedad se pacta por 25 años, prorrogándose tácitamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada vez, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de a lo menos 8 meses a la fecha de expiración de este contrato o del periodo de prórroga que estuviere corriendo
- Ley aplicable
- Ley N°3918
Objeto social
El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, división, fusión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la administración de bienes raíces urbanos y)o rurales; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o
Administración
La Administración, Representación, y el Uso de su Razón Social, y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a doña CLARA LUZ CEA CANDIA, cédula de identidad número 8.769.169-1, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en el pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Chillán, con oficio en calle El Roble Nº620, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 21 de octubre del 2025, Repertorio Nº 2.492, doña CLARA LUZ CEA CANDIA, chilena, divorciada, comerciante, cédula de identidad N°8.769.169-1, con domicilio en calle Mariano Egaña N°1.162, comuna de Chillan Viejo; doña ANDREA ALEXANDRA VENEGAS CEA, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad N°15.216.628-1, con domicilio en Calle Chorrillo S/C, Coelemu, Región de Ñuble; don LEONARDO AMADEO VENEGAS CEA, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad N°16.222.075-6, con domicilio en calle Mariano Egaña N°1.162, comuna de Chillan Viejo; y doña CARLA DEONELA VENEGAS CEA, chilena, soltera, profesora, cédula de identidad N° 16.222.076-4, con domicilio en calle Mariano Egaña N°1.162, comuna y ciudad de Chillan Viejo, Región de Ñuble. Constituyeron sociedad de responsabilidad limitada regida por la Ley N°3918, sus modificaciones posteriores, por las disposiciones pertinentes contenidas en el Código de Comercio y Código Civil, y en especial por las estipulaciones del siguiente estatuto y pacto social. Razón Social: “INMOBILIARIA VENCEA LIMITADA”. Nombre de Fantasía: “VENCEA LIMITADA”, pudiendo utilizar indistintamente la expresión “LTDA”. Administración: La Administración, Representación, y el Uso de su Razón Social, y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a doña CLARA LUZ CEA CANDIA, cédula de identidad número 8.769.169-1, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en el pacto social. Domicilio: Chillán Viejo, sin perjuicio de agencias o sucursales en el país o el extranjero. Capital: $287.094.750.- aportados: La socia doña Clara Luz Cea Candia la suma de $114.837.900.- aporte en dominio de: Uno) LOTE B, resultante subdivisión predio urbano ubicado en Chillán Viejo, Mariano Egaña N°1229. El título dominio inscrito a fojas 3.633 número 1962, Registro Propiedad CBR Chillán Viejo año 2022. Rol 1123-18, comuna Chillán Viejo. Avaluado por los socios en $22.650.000.- Dos) "Lote 1A-1" producto subdivisión propiedad ubicada en calle Mariano Egaña N° 1.229, comuna Chillán Viejo. El título dominio inscrito a fojas 3.635 número 1.963, Registro de Propiedad CBR Chillán Viejo año 2022. Rol 1123-27, comuna Chillán Viejo. Avaluado por los socios en $36.752.400.- Tres) Lote denominado SITIO VEINTICUATRO, resultante de fusión SITIOS VEINTICUATRO Y VEINTICINCO, ubicado en camino público de Chovellén a Curanipe. El título de dominio inscrito a 661, número 758, Registro Propiedad CBR de Chanco año 2023. Rol 60-27, comuna de Pelluhue. Avaluado por los socios en $22.383.000.- Cuatro) LOTE "1", producto de la subdivisión de terreno, ubicado en la subdelegación de Curanipe. El título dominio inscrito a fojas 162 número 188, Registro Propiedad CBR Chanco, del año 2018. Rol avalúo 300-204, comuna Pelluhue. Avaluado por los socios en $33.052.500.- Equivalente al 40% del haber social; La socia Andrea Alexandra Venegas Cea, aporta la suma de $57.418.950.-, enterando en este acto la suma de $7.418.950.- en dinero efectivo ingresados en este acto a caja social y el saldo de $50.000.000.- en el plazo de 5 años de acuerdo a las necesidades de la caja social, equivalente al 20% del haber social; El socio Leonardo Amadeo Venegas Cea, aporta la suma de $57.418.950.-, enterando en este acto la suma de $7.418.950.- en dinero efectivo ingresados en este acto a caja social y el saldo de $50.000.000.- en el plazo de 5 años de acuerdo a las necesidades de la caja social, equivalente al 20% del haber social; La socia Carla Deonela Venegas Cea, aporta la suma de $57.418.950.-, enterando en este acto la suma de $7.418.950.- en dinero efectivo ingresados en este acto a caja social y el saldo de $50.000.000.- en el plazo de 5 años de acuerdo a las necesidades de la caja social, equivalente al 20% del haber social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto y concurrencia de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, división, fusión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la administración de bienes raíces urbanos y/o rurales; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos y, en general, la realización de otro u otros negocios relacionados o no con los anteriores y que los socios acuerden. Duración: La sociedad se pacta por 25 años, prorrogándose tácitamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada vez, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de a lo menos 8 meses a la fecha de expiración de este contrato o del periodo de prórroga que estuviere corriendo. Otras estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 21 Octubre de 2025.