Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley Nº20.192
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, la venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento, distribución, de bienes corporales muebles e inmuebles y)o bienes raíces, toda clase de vehículos a combustión interna y eléctricos, bienes muebles que guarnecen o no los bienes raíces adquiridos por la sociedad, herramientas, equipos, maquinaria, para la industria, el comercio y todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, ya sea de derecho privado o público, con o sin fines de lucro, manufacturas, servicios, y su importación y)o exportación, sea por sí misma o por cuenta de terceros, mediante comisiones, representaciones u otro sistema contractual; la producción, ensamble, comercialización y venta de aquellos productos y servicios que la sociedad determine; la representación de empresas, actuar como consignantes o consignatarios de mercaderías que salgan o ingresen o se movilicen de un punto a otro del territorio nacional; la importación, exportación, compraventa, explotación, fabricación y distribución de toda clase de bienes; y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. La participación en proyectos ya sea por cuenta propia o ajena de ingeniería, construcción y montaje, servicios en general, que tengan relación con el giro o no. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, certifica: por escritura de fecha 24/10/2025, ante mí, don CAMILO ALBERTO TAPIA CARRASCO, Chileno, ingeniero civil, Soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veintiocho mil setecientos setenta y seis guion ocho, domiciliado en calle Quilpué ciento dieciocho E, Comuna de Ñuñoa, y don MILTON WILDO TAPIA VALDEBENITO, Chileno, casado, Ingeniero, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco guion cero, domiciliado en Avenida principal del Capitán Ignacio carrera pinto número ochocientos uno, Comuna de Recoleta, constituyen sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “FUKAI MORI SPA”.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será la compra, la venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento, distribución, de bienes corporales muebles e inmuebles y/o bienes raíces, toda clase de vehículos a combustión interna y eléctricos, bienes muebles que guarnecen o no los bienes raíces adquiridos por la sociedad, herramientas, equipos, maquinaria, para la industria, el comercio y todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, ya sea de derecho privado o público, con o sin fines de lucro, manufacturas, servicios, y su importación y/o exportación, sea por sí misma o por cuenta de terceros, mediante comisiones, representaciones u otro sistema contractual; la producción, ensamble, comercialización y venta de aquellos productos y servicios que la sociedad determine; la representación de empresas, actuar como consignantes o consignatarios de mercaderías que salgan o ingresen o se movilicen de un punto a otro del territorio nacional; la importación, exportación, compraventa, explotación, fabricación y distribución de toda clase de bienes; y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. La participación en proyectos ya sea por cuenta propia o ajena de ingeniería, construcción y montaje, servicios en general, que tengan relación con el giro o no. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales que los accionistas acuerden. CAPITAL: $1.000.000, divididos en cien acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado por los socios. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de Octubre de 2025.