MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Fraccional SpA

RUT 77565459-7 CVE 2721216
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 21.521

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o a través de terceros, las actividades reguladas por la Ley N° 21.521 y sus normas complementarias, incluyendo, entre otras, la operación de plataformas de financiamiento colectivo, la administración de sistemas alternativos de transacción, la intermediación, asesoría y custodia de instrumentos financieros, el enrutamiento de órdenes, y cualquier otro servicio financiero, tecnológico o conexo que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Asimismo, la sociedad podrá realizar actividades complementarias, afines o relacionadas con la innovación, la tecnología aplicada, la prestación de servicios financieros digitales, la analítica y gestión de datos, la consultoría o asesoría en materias económicas, financieras o tecnológicas, el desarrollo de plataformas o soluciones digitales, y, en general, todas aquellas actividades que le permitan apoyar, facilitar, ampliar o perfeccionar los servicios comprendidos dentro de su objeto principal. 2) Asimismo, se modifica el Vigésimo Segundo y Trigésimo conforme a escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, Titular 48° Notaría de Santiago, domiciliada en Av. Apoquindo N°3076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica que: Con fecha 23 de octubre de 2025, repertorio número 13741-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad FRACCIONAL SpA, inscrita a fojas 28464 número 13102 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, celebrada el 25 de septiembre de 2025 con la presencia del 100% de las acciones emitidas, en la cual se acordaron modificar el artículos Cuarto de los estatutos sociales: 1) Artículo Cuarto – Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o a través de terceros, las actividades reguladas por la Ley N° 21.521 y sus normas complementarias, incluyendo, entre otras, la operación de plataformas de financiamiento colectivo, la administración de sistemas alternativos de transacción, la intermediación, asesoría y custodia de instrumentos financieros, el enrutamiento de órdenes, y cualquier otro servicio financiero, tecnológico o conexo que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Asimismo, la sociedad podrá realizar actividades complementarias, afines o relacionadas con la innovación, la tecnología aplicada, la prestación de servicios financieros digitales, la analítica y gestión de datos, la consultoría o asesoría en materias económicas, financieras o tecnológicas, el desarrollo de plataformas o soluciones digitales, y, en general, todas aquellas actividades que le permitan apoyar, facilitar, ampliar o perfeccionar los servicios comprendidos dentro de su objeto principal. 2) Asimismo, se modifica el Vigésimo Segundo y Trigésimo conforme a escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2025.