Constructora Cerro Moreno Sur Limitada
Instrumento
- Notario
- MACARENA CONSTANZA MOLINA CORTÉS
- Domicilio
- Titular don Bernardo Patricio Espinosa Bancalari
Sociedad
- Capital
- $4.200.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Puerto Montt pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero
- Duración
- La Sociedad se pacta a partir de la fecha de su escritura de constitución, y tendrá una duración de cinco años, a contar desde esa misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la realización por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de actividades relacionadas con la construcción, elaboración, avaluación, inspección, administración y ejecución de proyectos y obras de arquitectura e ingeniería en todas sus especialidades, obras civiles e industriales, obras de montaje mecánico, estructuras, cañerías, movimientos de tierra, fundaciones especiales, instalaciones eléctricas e instrumentación y control, fabricación de equipos, estructuras y en general todo tipo de elementos referidos a la construcción, preparación de informes y prestaciones de servicios relacionados con la actividad de la construcción, loteo y enajenación de bienes inmuebles, conjuntos habitacionales, edificaciones, urbanizaciones, obras civiles y mineras. Asimismo, la Sociedad podrá abordar otras actividades o giros, que los socios de común acuerdo determinen;
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don ANDRÉS MANUEL VARGAS MESA, quien, en forma individual, actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades y sin limitación alguna;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMACARENA CONSTANZA MOLINA CORTÉS, Notario Público Suplente del Titular don Bernardo Patricio Espinosa Bancalari, con oficio en la ciudad de Puerto Varas, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha veinticuatro de octubre de 2025, ante el titular, ANDRÉS VARGAS Y COMPAÑÍA SpA, rol único tributario N° 77.976.790-6, representada por don Andrés Manuel Vargas Mesa, cédula nacional de identidad N° 8.170.262-4, ambos domiciliados para estos efectos en Ruta 225, kilómetro 4,8, Parcela 12, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos; e INVERSIONES JOSÉ LUIS BARRÍA SpA, rol único tributario N° 76.311.538-0, representada por don José Luis Barría Hernández, cédula nacional de identidad N° 9.691.834-8, ambos domiciliados para estos efectos en Mirador Hornopirén N° 1.884, Sector Mirador de la Bahía, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos; quienes en su calidad de únicos socios, modificaron los estatutos de la sociedad CONSTRUCTORA CERRO MORENO SUR LIMITADA, rol único tributario N° 76.121.572-8 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 1.041 vuelta, N° 962 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2010, en el siguiente sentido: /Uno/ Acordaron modificar el actual artículo sexto de los estatutos sociales, referente a la administración y uso de la razón social de la Sociedad, en el sentido de derogar dicha norma y estipular, en su reemplazo, que la administración y uso de la razón social de la Sociedad quedará, en adelante, radicada única y exclusivamente en don Andrés Manuel Vargas Mesa; /Dos/ Acordaron aumentar el capital social, de la suma de $1.300.000.000 a la cantidad de $4.200.000.000, es decir, acordaron un aumento de capital por la suma de $2.900.000.000, limitando su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, el cual se suscribió y pagó de la forma siguiente: /A/ ANDRÉS VARGAS Y COMPAÑÍA SpA, suscribió y pagó la cantidad ascendente a $2.030.000.000, mediante la capitalización de las utilidades financieras que proporcionalmente le corresponden en la Sociedad, provenientes de las cuentas contables denominadas, “Revalorización capital propio”, “Utilidad o pérdida acumulada”, y “Utilidad del ejercicio”, según los montos proporcionales indicados en la escritura extractada; y /B/ INVERSIONES JOSÉ LUIS BARRÍA SpA, suscribió y pagó la cantidad ascendente a $870.000.000, mediante la capitalización de las utilidades financieras que proporcionalmente le corresponden en la Sociedad, provenientes de las cuentas contables denominadas “Revalorización capital propio”, “Utilidad o pérdida acumulada”, y “Utilidad del ejercicio”, según los montos proporcionales indicados en la escritura extractada. Por consiguiente, a través de la capitalización de las utilidades financieras antedichas, las Partes pagaron el referido aumento de capital; /Tres/ Como consecuencia de las modificaciones estipuladas, y con el objeto de dotar del debido orden las estipulaciones de los estatutos sociales, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron repactar sus estatutos y otorgar un texto nuevo, único y refundido de los mismos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: “CONSTRUCTORA CERRO MORENO SUR LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “CERRO MORENO SUR LTDA.” o “CCM SUR LTDA.”; Objeto: El objeto de la Sociedad es la realización por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de actividades relacionadas con la construcción, elaboración, avaluación, inspección, administración y ejecución de proyectos y obras de arquitectura e ingeniería en todas sus especialidades, obras civiles e industriales, obras de montaje mecánico, estructuras, cañerías, movimientos de tierra, fundaciones especiales, instalaciones eléctricas e instrumentación y control, fabricación de equipos, estructuras y en general todo tipo de elementos referidos a la construcción, preparación de informes y prestaciones de servicios relacionados con la actividad de la construcción, loteo y enajenación de bienes inmuebles, conjuntos habitacionales, edificaciones, urbanizaciones, obras civiles y mineras. Asimismo, la Sociedad podrá abordar otras actividades o giros, que los socios de común acuerdo determinen; Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Puerto Montt pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; Duración: La Sociedad se pacta a partir de la fecha de su escritura de constitución, y tendrá una duración de cinco años, a contar desde esa misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o de cualquiera de sus prórrogas; Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don ANDRÉS MANUEL VARGAS MESA, quien, en forma individual, actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades y sin limitación alguna; Capital: $4.200.000.000, íntegramente pagados de la siguiente forma: /A/ ANDRÉS VARGAS Y COMPAÑÍA SpA, aportó y pagó, con anterioridad y al contado, la suma de dos mil novecientos cuarenta millones de pesos, equivalentes al setenta por ciento de participación en el capital y derechos sociales; y /B/ INVERSIONES JOSÉ LUIS BARRÍA SpA, aportó y pagó, con anterioridad y al contado, la suma de mil doscientos sesenta millones de pesos, equivalentes al treinta por ciento de participación en el capital y derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes en el capital social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Puerto Varas, veintisiete de octubre de 2025.