LÁMINAS CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2025
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Concepción
- Duración
- La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de tres años, contados también desde la fecha de la presente escritura, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, por consignación, comisión o representación de toda clase de bienes, maquinarias e insumos forestales, productos forestales, prestación de servicios forestales, servicios de mantención, recursos humanos, asesorías, estudio y capacitación como también todo acto de comercio que los socios acuerden;
Administración
Corresponderá a don CLAUDIO ANDRÉS OSORIO SÁNCHEZ y a don MAURICIO ADOLFO OSORIO ILUFI quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar de manera individual e indistinta siempre que el acto, contrato y)o representación de que se trate sea por un monto igual o inferior a veinte millones de pesos. En el caso que el acto, contrato y)o representación de que se trate tenga un monto superior a veinte millones de pesos, los administradores deberán actuar de forma conjunta, con amplias facultades señaladas en los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, Los Ángeles; certifica: por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2025, Rep. 4454-2025, ante mí, don LEONARDO ANTONIO ZAMORANO CELIS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos sesenta mil ciento ochenta y ocho guion cero (10.760.188-0), domiciliado para estos efectos en Maquehua Oriente número mil novecientos sesenta y ocho, Andalué, comuna de San Pedro de la Paz; doña MARTA LORENA SILVA PARRA, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 11.678.162-K, domiciliada en Maquehua Oriente número mil novecientos sesenta y ocho, Andalué, comuna de San Pedro de la Paz; don CLAUDIO ANDRÉS OSORIO SÁNCHEZ, chileno, factor de comercio, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 10.470.874-9, en representación de la Sociedad INVERSIONES MALAL SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.993.041-6, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Providencia número mil ochocientos ochenta y uno oficina mil seiscientos diecinueve de la comuna de Providencia don MAURICIO ADOLFO OSORIO ILUFI, abogado, cédula nacional de identidad número 16.583.149-7, en representación de COMERCIALIZADORA PEHUENCHE LIMITADA, rol único tributario número 78.131.523-0, domiciliado para estos efectos en domiciliado para estos efectos 30 oriente 1420 oficinas 414-415, Comuna de Talca y don JAVIER HERNÁN HERNÁNDEZ GAJARDO, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 14.404.371-5, domiciliado para estos efectos en Calle Budi número dos mil ochenta, Andalué, celebraron escritura pública de cesión de derechos y modificación social de la Sociedad “LÁMINAS DE MADERA SILVA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro guion tres (76.073.244-3), CAPITAL: $10.000.000, en el siguiente sentido: I. MARTA LORENA SILVA PARRA, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos a INVERSIONES MALAL SpA en la suma de $5.000.000. En consecuencia, doña MARTA LORENA SILVA PARRA, se retira de la Sociedad; II. LEONARDO ANTONIO ZAMORANO CELIS, ya individualizado, vende, cede y transfiere el 40% de sus derechos sociales de la siguiente forma: a. El 20% de sus derechos sociales a INVERSIONES MALAL SpA, en la suma de $2.000.000; b. El 10% de sus derechos sociales a COMERCIALIZADORA PEHUENCHE LIMITADA en la suma de $1.000.000; y, c) El 10% de sus derechos sociales a don JAVIER HERNÁN HERNÁNDEZ GAJARDO, en la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos). Como consecuencia de lo expuesto, los socios modifican y refunden los estatutos sociales, en el siguiente sentido: Nombre: La razón social será “COMERCIALIZADORA LÁMINAS DE MADERA CHILE LIMITADA”, y para fines comerciales, de publicidad e incluso para actuar con los Bancos e Instituciones Financieras, la sociedad podrá funcionar con el nombre de fantasía de “LÁMINAS CHILE LIMITADA”; Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, por consignación, comisión o representación de toda clase de bienes, maquinarias e insumos forestales, productos forestales, prestación de servicios forestales, servicios de mantención, recursos humanos, asesorías, estudio y capacitación como también todo acto de comercio que los socios acuerden; Capital: El capital de la sociedad será de $10.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: a) INVERSIONES MALAL SpA, aportó la suma de $7.000.000 correspondiente al 70 por ciento de participación social; b) LEONARDO ANTONIO ZAMORANO CELIS, aportó la suma de $1.000.000 correspondiente al 10 por ciento de participación social; c) COMERCIALIZADORA PEHUENCHE LIMITADA, aportó la suma de $1.000.000 correspondiente al 10 por ciento de participación social; y, d) JAVIER HERNÁN HERNÁNDEZ GAJARDO, aportó la suma de $1.000.000.- (Un millón de pesos) correspondiente al 10 por ciento de participación social. Estos montos ingresaron con anterioridad a este acto a la caja social; Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de tres años, contados también desde la fecha de la presente escritura, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso; Administración y uso de la razón social: Corresponderá a don CLAUDIO ANDRÉS OSORIO SÁNCHEZ y a don MAURICIO ADOLFO OSORIO ILUFI quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán actuar de manera individual e indistinta siempre que el acto, contrato y/o representación de que se trate sea por un monto igual o inferior a veinte millones de pesos. En el caso que el acto, contrato y/o representación de que se trate tenga un monto superior a veinte millones de pesos, los administradores deberán actuar de forma conjunta, con amplias facultades señaladas en los estatutos sociales.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Los Ángeles, 28 de octubre de 2025.-