Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2025
- Repertorio
- 751-2025
- Comuna
- Padre Hurtado
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de Maipú, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en actividades lucrativas de cualquier naturaleza con el objeto de rentabilizar capitales. En particular, la sociedad podrá adquirir para explotar bienes raíces; comprar y vender acciones, valores mobiliarios, administrar bienes propios o ajenos explotar concesiones de todo tipo, públicas, privadas, municipales, etcétera, ingresar a sociedades ya existentes o constituir nuevas sociedades; pactar todo tipo de contratos implique aporte de capital con miras a repartir utilidades eventuales o garantizadas; invertir en proyectos propios o tomar parte en proyecto de terceros; convenir contratos de mutuos; pactar cuentas en participación; participar en proyectos de inversión de terceros y)o en el desarrollo de negocios ajenos, y, en general, la realización de todos los actos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los anteriores, sin otra limitación que las que imponen las leyes o reglamentaciones vigentes. DEL
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA ÁLVAREZ HURTADO, Titular Notaría de Padre Hurtado, Rodolfo Jaramillo #2520, Padre Hurtado, certifico que por escritura pública de constitución de sociedad de fecha 24 de octubre de 2025, bajo el repertorio N° 751-2025, ante mí: don CLAUDIO ENRIQUE PARDO MOLINA, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos treinta y seis mil cuarenta y siete guion dos, domiciliado en calle Las Rosas número cuatro mil ciento treinta, casa nueve, comuna de Maipú, Región Metropolitana; y doña GIANNINA ISABEL COLOMBO PÉREZ, chilena, casada bajo régimen de separación total de bienes, profesora de inglés, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro guion cero, domiciliada en calle Las Rosas número cuatro mil ciento treinta, casa nueve, comuna de Maipú, Región Metropolitana; los comparecientes expusieron: Que, por dicha escritura constituyeron una sociedad por acciones. Los estatutos sociales son los siguientes; NOMBRE. El nombre de la Sociedad será "INVERSIONES PARDO COLOMBO SpA". DOMICILIO. El domicilio de la Sociedad será la comuna de Maipú, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN. La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. OBJETO. El objeto de la sociedad será la realización de inversiones en actividades lucrativas de cualquier naturaleza con el objeto de rentabilizar capitales. En particular, la sociedad podrá adquirir para explotar bienes raíces; comprar y vender acciones, valores mobiliarios, administrar bienes propios o ajenos explotar concesiones de todo tipo, públicas, privadas, municipales, etcétera, ingresar a sociedades ya existentes o constituir nuevas sociedades; pactar todo tipo de contratos implique aporte de capital con miras a repartir utilidades eventuales o garantizadas; invertir en proyectos propios o tomar parte en proyecto de terceros; convenir contratos de mutuos; pactar cuentas en participación; participar en proyectos de inversión de terceros y/o en el desarrollo de negocios ajenos, y, en general, la realización de todos los actos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los anteriores, sin otra limitación que las que imponen las leyes o reglamentaciones vigentes. DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital de la Sociedad es la cantidad de cien millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital quedó totalmente suscrito y pagado en ese acto en la forma indicada en los artículos transitorios de dicha actuación. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Claudio Enrique Pardo Molina, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos treinta y seis mil cuarenta y siete guion dos, o a doña Giannina Isabel Colombo Pérez, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro guion cero, quienes tendrán la calidad de administradores de la sociedad y que actuando individualmente, anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar y representar a la Sociedad en todo tipo de actos y contratos, sin excepciones ni limitaciones de ninguna clase. APORTES ACCIONISTAS. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, entregan y pagan por los constituyentes de la siguiente forma: a) CLAUDIO ENRIQUE PARDO MOLINA, suscribe quinientas acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de cincuenta millones de pesos del capital social, que pagó en dinero efectivo y al contado, los que en ese acto ingresaron a la caja social; b) GIANNINA ISABEL COLOMBO PÉREZ, suscribe quinientas acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de cincuenta millones de pesos del capital social, que pagó en dinero efectivo y al contado, los que en ese acto ingresaron a la caja social. Demás estipulaciones en la escritura extractada, Repertorio N°751-2025.- Padre Hurtado, 28 de Octubre de 2025.