MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

CONSTRUCTORA EXCON S.A.

RUT 76443280-0 CVE 2720296
Capital
$18.539.229.796 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2025
Repertorio
19227-2025
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$18.539.229.796 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025 otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 19.227-2025, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 30 de septiembre de 2025, de la sociedad CONSTRUCTORA EXCON S.A. (en adelante, la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 1.310, número 914 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, en la que se acordó aumentar el capital de la Sociedad en los términos siguientes: 1) Señalando que si bien el capital de la Sociedad asciende a $18.539.229.796, existen fondos susceptibles de ser capitalizados en forma previa al aumento de capital, que se da cuenta en el numeral 2) siguiente, mediante la capitalización de reservas sociales por concepto de retasaciones, debidamente registradas en la contabilidad de la Sociedad, sin emitir acciones de pago, por la suma de $1.346.908.357. Por tanto, el capital de la Sociedad que debe servir de base para el referido aumento es de $19.886.208.153, dividido en 19.130.986 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; 2) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $17.466.590.180, mediante la emisión de 18.006.794 acciones de pago, esto es, desde la suma de $19.886.208.153, dividido en 19.130.986 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; a la suma de $37.352.798.333, dividido en 37.137.780 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal; y 3) Modificar los estatutos de la Sociedad a fin de ajustarlo a las modificaciones que se incorporan, reemplazando en consecuencia el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de treinta y siete mil trescientos cincuenta y dos millones setecientos noventa y ocho mil trescientos treinta y tres pesos dividido en treinta y siete millones ciento treinta y siete mil setecientas ochenta acciones, todas ellas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, ascendente a la suma de treinta y siete mil trescientos cincuenta y dos millones setecientos noventa y ocho mil trescientos treinta y tres pesos se encuentra dividido en treinta y siete millones ciento treinta y siete mil setecientas ochenta acciones, todas ellas nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente forma: (Uno) con la suma de diecinueve mil ochocientos ochenta y seis millones doscientos ocho mil ciento cincuenta y tres pesos, dividido en diecinueve millones ciento treinta mil novecientas ochenta y seis acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, (Dos) con la suma de diecisiete mil cuatrocientos sesenta y seis millones quinientos noventa mil ciento ochenta pesos, dividido en dieciocho millones seis mil setecientas noventa y cuatro acciones nominativas, ordinarias, de una sola y misma serie y sin valor nominal, representativas del aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha treinta de septiembre de dos mil veinticinco, que deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de seis meses contado desde la fecha de la referida junta.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de octubre de 2025.