MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CLIVER SpA

RUT 76951272-1 CVE 2720541
Fecha instrumento
16 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de octubre de 2025
Notario
Rodrigo Sotomayor Graepp
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Sotomayor Graepp, Abogado, Notario Público, Interino de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, JONATHAN ALEXIS MORAGA TORREJÓN, CESAR ANTONIO QUINTRIQUEO SANHUEZA, y NICOLAS ANÍBAL AGUIRRE HERMOSILLA todos domiciliados en Avenida Colón número novecientos cincuenta y ocho, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CLIVER SpA, rut 76.951.272-1, inscrita a fojas 85.478 número 43.869 año 2018, Registro de Comercio de Santiago, publicada en el Diario Oficial con fecha 12 noviembre de 2018, en el sentido que: :I) Modifican y reemplazan el Titulo Tercero. Artículo Duodécimo de los estatutos, relativo a la administración, en los siguientes términos: “La administración y representación, de la sociedad le corresponderá a JONATHAN ALEXIS MORAGA TORREJÓN, don CÉSAR ANTONIO QUINTRIQUEO SANHUEZA y don NICOLÁS ANÍBAL AGUIRRE HERMOSILLA, quienes la ejercerán en forma individual e indistinta, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto, y tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, sin perjuicio de que para actos de disposición bancaria o financiera se requerirá la firma conjunta de al menos dos de ellos.” /b/. Se incorpora una nueva disposición, derecho de preferencia en la enajenación de acciones y transmisión por causa de muerte. otorgando a los demás accionistas un plazo de quince días hábiles, contado desde la notificación fehaciente efectuada por el administrador, para ejercer su derecho preferente de adquisición. Vencido dicho plazo sin manifestación, el oferente podrá enajenar las acciones a terceros en las mismas condiciones ofrecidas.c) Modificar y reemplazar el artículo primero transitorio de los estatutos por el siguiente: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, El capital de la sociedad es de veintidós millones pesos dividido en veintidós mil acciones, nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; i) siete mil trescientas treinta y cuatro acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por don JONATHAN ALEXIS MORAGA TORREJÓN, por un valor total de siete millones trescientos treinta y cuatro mil pesos, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha a entera satisfacción de la sociedad; ii) siete mil trescientas treinta y tres acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que fueron suscritas por don CESAR ANTONIO QUINTRIQUEO SANHUEZA, por un valor total de siete millones trescientos treinta y tres mil pesos, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la sociedad; y iii) las restantes siete mil trescientas treinta y tres acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, fueron suscritas por don NICOLAS ANÍBAL AGUIRRE HERMOSILLA, por un valor total de siete millones trescientos treinta y tres mil pesos, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la sociedad;. d) se elimina el artículo Tercero transitorio, incorporado en la cuarta modificación de los estatutos sociales. “En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones posteriores. El notario certifica que tuvo a la vista el libro de accionistas de la sociedad CLIVER SpA, y los únicos accionistas a la fecha de la suscripción de esta escritura son: Jonathan Alexis Moraga Torrejón, Cesar Antonio Quintriqueo Sanhueza y don Nicolas Aníbal Aguirre Hermosilla. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de octubre de 2025.