ATLAS ENERGÍA HOLDING SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.547 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República o en el extranjero: a) La posesión y explotación, directa o indirectamente, de proyectos de energía solar fotovoltaica, eólica o cualquiera otra fuente de energía renovable, ubicados en el territorio de la República de Chile o en el extranjero, y la comercialización de la potencia y de la energía eléctrica que se produzca por dichos proyectos y, en general, realizar todos los demás negocios o actividades complementarios o vinculados con lo anterior; b) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, valores, derechos, facturas y efectos de comercio en general, cualquier clase de valores mobiliarios, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, constituir garantías sobre ellos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, como así también ingresar a sociedades ya constituidas o existentes; y d) En general, realizar todos los actos, contratos, negocios o actividades relacionados, complementarios o vinculados con lo anterior; TRES)
Administración
La sociedad es administrada por un directorio conformado por tres miembros elegidos por la junta de accionistas; CINCO)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, domiciliado en Alcántara 107, Comuna de las Condes, certifico que: mediante escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2025, repertorio número 84.950/2025, otorgada ante mí, GIP HELIOS ACQUISITION, S.L.U., Rol Único Tributario número 59.318.890-6, en su calidad de único accionista, de la sociedad ATLAS ENERGÍA HOLDING SpA, Rol Único Tributario número 77.517.511-7 (la “Sociedad”), la cual se encuentra inscrita a fojas 98.967 número 45.711 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, resolvió dividir la Sociedad mediante la distribución de su patrimonio entre sí y una sociedad por acciones creada al efecto bajo el nombre de ATLAS RENEWABLE ENERGY INVESTMENTS CHILE SpA, disminuyéndose consecuentemente el capital de la Sociedad, desde la cantidad de 55.708.570,54 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 19.320.682 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, a la nueva suma de 15.547.199 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en la misma cantidad y calidad de acciones, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, modificándose los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad para dar cuenta de estos cambios. Con ocasión de la modificación recién indicada se fijó un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad de los cuales extracto: UNO) Nombre: ATLAS ENERGÍA HOLDING SpA; DOS) Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República o en el extranjero: a) La posesión y explotación, directa o indirectamente, de proyectos de energía solar fotovoltaica, eólica o cualquiera otra fuente de energía renovable, ubicados en el territorio de la República de Chile o en el extranjero, y la comercialización de la potencia y de la energía eléctrica que se produzca por dichos proyectos y, en general, realizar todos los demás negocios o actividades complementarios o vinculados con lo anterior; b) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, valores, derechos, facturas y efectos de comercio en general, cualquier clase de valores mobiliarios, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, constituir garantías sobre ellos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, como así también ingresar a sociedades ya constituidas o existentes; y d) En general, realizar todos los actos, contratos, negocios o actividades relacionados, complementarios o vinculados con lo anterior; TRES) Capital: El capital de la sociedad es la suma de 15.547.199 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 19.320.682 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas; CUATRO) Administración: La sociedad es administrada por un directorio conformado por tres miembros elegidos por la junta de accionistas; CINCO) Duración: Indefinida. Asimismo, se aprobaron los estatutos de la nueva sociedad, de los cuales extracto: UNO) Nombre: ATLAS RENEWABLE ENERGY INVESTMENTS CHILE SpA; DOS) Accionista: GIP HELIOS ACQUISITION, S.L.U.; TRES) Objeto: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República o en el extranjero: a) La posesión y explotación, directa o indirectamente, de proyectos de energía solar fotovoltaica, eólica o cualquiera otra fuente de energía renovable, ubicados en el territorio de la República de Chile o en el extranjero, y la comercialización de la potencia y de la energía eléctrica que se produzca por dichos proyectos y, en general, realizar todos los demás negocios o actividades complementarios o vinculados con lo anterior; b) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, valores, derechos, facturas y efectos de comercio en general, cualquier clase de valores mobiliarios, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, constituir garantías sobre ellos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, como así también ingresar a sociedades ya constituidas o existentes; y d) En general, realizar todos los actos, contratos, negocios o actividades relacionados, complementarios o vinculados con lo anterior; CUATRO) Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de 40.161.371,54 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; CINCO) Administración: La sociedad será administrada por un directorio, conformado por tres miembros elegidos por la junta de accionistas; SEIS) Duración: Indefinida. El Notario que suscribe certifica que GIP HELIOS ACQUISITION, S.L.U., a la fecha de la escritura extractada y a la fecha de hoy, era y es el único y exclusivo titular de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad según consta en el Registro de Accionistas de ATLAS ENERGÍA HOLDING SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 28 de octubre de 2025. Francisco Leiva Carvajal. Notario Público Titular 2° Notaría de Santiago.-