SERVICIOS INDUSTRIALES NIB E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2025
- Notario
- otorgada ante doña Jocelyn Gisela Sanhueza Cortes
- Domicilio
- comuna de Lota
- Comuna
- Pública y Conservadora de
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- La comuna de Lota
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOCELYN GISELA SANHUEZA CORTES, Abogada, Notaria Pública y Conservadora de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivera Judicial Interina de Lota, con oficio en calle Arturo Prat N° 112, segundo piso, Lota Bajo. Certifica: Por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2025, otorgada ante doña Jocelyn Gisela Sanhueza Cortes, Notario Público Interino de la comuna de Lota, doña NORMA MARGOT IBAÑEZ BUSTOS, cédula de identidad N° 8.750.848-K, chilena, soltera, secretaria ejecutiva en administración, domiciliada en calle Uno, casa 610, población San Martín, comuna de Lota, constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Nombre o razón empresarial: "SERVICIOS INDUSTRIALES NIB E.I.R.L", nombre fantasía "SERVICIOS INDUSTRIALES NIB E.I.R.L.”. - Domicilio: La comuna de Lota, sin perjuicio de agencias o sucursales que pueda establecer en el resto del país.- El objeto de la sociedad será la prestación de servicios industriales y pesqueros, comprendiendo, entre otros, los siguientes: servicios de aseo de plantas de proceso, servicios generales de llenado de hielo, lavado de bins, revisión de documentación administrativa, para embarque de contenedores, contando con toda la documentación exigida para el Mercado Nacional, Asiático y Europeo. Asimismo, podrá desarrollar toda otra actividad de servicios afines, complementarios o relacionados con los objetos antes señalados, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que fueren necesarios para el cumplimiento de su objeto, sin que la enumeración precedente importe limitación alguna al giro social.- Administración, representación y uso razón social: Corresponderá a la constituyente, Norma Margot Ibáñez Bustos, quien anteponiendo a su firma la razón empresarial, la representará con las más amplias facultades, pudiendo celebrar y obligarla en toda clase de actos y ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, organismos administrativos, servicios de la administración pública, centralizada y descentralizada, Secretarías Ministeriales Regionales, Municipalidades. Sin que la enumeración que se hace sea taxativa. - Capital: El monto del capital empresarial es la suma de dos millones de pesos ($2.000.000), pagados en ese acto, al contado y en dinero efectivo, enterados en las arcas sociales.- Responsabilidad: La responsabilidad del empresario individual será limitada hasta el monto de su aporte, indicado en la cláusula cuarta.-Duración: La empresa comenzará a regir a contar de la fecha de suscripción del instrumento y tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su disolución anticipada por voluntad de la constituyente o por el acaecimiento de alguna causal legal. La empresa que por este acto se constituye no termina por la muerte de la constituyente y continuará por tanto con sus herederos, en conformidad a las normas legales. Lota, 21 de octubre de 2025.