INVERSIONES MATIRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de octubre de 2024
- Repertorio
- 4279
- Notario
- MARCELA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $67.020 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón, República de chile y oficio en Avenida Santa Rosa Nº 7955, certifica: En escritura pública de hoy ante mí, comparecieron doña CARMEN GLORIA VACCARO CORREA, cédula de identidad N°6.372.737-7; don CRISTIÁN MARCOS VILLASECA CASTRO, cédula de identidad N°6.374.942-7; don MARTÍN IGNACIO VILLASECA VACCARO, cédula de identidad N°13.832.174-6; doña SOFÍA ELENA VILLASECA VACCARO, cédula de identidad N°15.378.749-2; don PASCUAL ANDRÉS VILLASECA VACCARO, cédula de identidad N°15.959.959-0; doña AMALIA MARÍA VILLASECA VACCARO, cédula de identidad N°17.082.434-2, y don VICENTE GONZALO VILLASECA VACCARO, cédula de identidad N°18.024.722-5, todos domiciliados en Avenida La Dehesa 181, oficina 803, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quienes celebraron escritura pública de Rectificación, saneamiento, donación y modificación social de la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA, Rut 79.895.980-8, inscrita a fojas 92.049 nro. 36.875 en Registro de Comercio de Santiago del año 2024, en el siguiente sentido: 1) Los comparecientes en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad Inversiones Matira Limitada, rectifican y sanean el error numérico no intencional en escritura pública de “TRANSFORMACION DE SOCIEDAD INMOBILIARIA MATIRA HOY INVERSIONES MATIRA LIMITADA” de fecha 18 de octubre del año 2024, otorgada en la notaría pública de San Miguel con asiento en San Ramon de doña Marcela Medina Ricci con oficio en Avenida Santa Rosa Nº 7955, repertorio N°4279, inscrita en el Registro de comercio de Santiago a fojas 92.049, N°36.875, del año 2024, modificando la cláusula séptima referente al capital, quedando de la siguiente manera: “SEPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $67.020.855 que los socios han aportado, para todos los efectos legales procedentes, íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, mediante el reconocimiento que la sociedad hace de la participación que cada uno de los comparecientes tenía en el capital de la sociedad transformada. De esta forma, para todos los efectos legales, se entiende que el capital de la sociedad es aportado por los socios, en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha y en los porcentajes siguientes: a) Doña CARMEN GLORIA VACCARO CORREA, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $13.002.046, equivalentes al 19,4% de los Derechos sociales de la compañía. b) Don CRISTIÁN MARCOS VILLASECA CASTRO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $41.955.054, equivalentes al 62,6% de los Derechos sociales de la compañía, c) Don MARTÍN IGNACIO VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.412.751, equivalentes al 3,6% de los Derechos sociales de la compañía, d) Doña SOFÍA ELENA VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.412.751, equivalentes al 3,6% de los Derechos sociales de la compañía, e) Don PASCUAL ANDRÉS VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.412.751, equivalentes al 3,6% de los Derechos sociales de la compañía, f) Doña AMALIA MARÍA VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.412.751, equivalentes al 3,6% de los Derechos sociales de la compañía, g) Don VICENTE GONZALO VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $2.412.751, equivalentes al 3,6% de los Derechos sociales de la compañía. De este modo, todo el capital social se encuentra debidamente aportado y enterado”. 2) Posteriormente los comparecientes celebraron donación de derechos sociales en la sociedad, en donde don CRISTIÁN MARCOS VILLASECA CASTRO, por mera liberalidad y a título gratuito, dona una parte de su participación social en INVERSIONES MATIRA LIMITADA equivalente al 35% de derechos de la sociedad a: 1) MARTÍN IGNACIO VILLASECA VACCARO, quien recibe y acepta para sí, un 7% de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA; 2) SOFÍA ELENA VILLASECA VACCARO, quien recibe y acepta para sí, un 7% de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA; 3) PASCUAL ANDRÉS VILLASECA VACCARO, quien recibe y acepta para sí, un 7% de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA; 4) AMALIA MARÍA VILLASECA VACCARO, quien recibe y acepta para sí, un 7% de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA; 5) VICENTE GONZALO VILLASECA VACCARO, quien recibe y acepta para sí, un 7% de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MATIRA LIMITADA. Los únicos y actuales socios de la compañía Inversiones Matira Limitada, MARTÍN IGNACIO VILLASECA VACCARO; SOFÍA ELENA VILLASECA VACCARO; PASCUAL ANDRÉS VILLASECA VACCARO; AMALIA MARÍA VILLASECA VACCARO; VICENTE GONZALO VILLASECA VACCARO Y CARMEN GLORIA VACCARO CORREA, comparecen aceptando la modificación de la sociedad producto de la donación. A fin de reflejar en los estatutos de la sociedad la donación realizada, los únicos, actuales y exclusivos socios de la compañía, acuerdan reemplazar el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital de la sociedad es la suma de $67.020.855 que los socios han aportado, para todos los efectos legales procedentes, íntegramente en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, mediante el reconocimiento que la sociedad hace de la participación que cada uno de los comparecientes tenía en el capital de la sociedad transformada. De esta forma, para todos los efectos legales, se entiende que el capital de la sociedad es aportado por los socios, en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha y en los porcentajes siguientes: a) Doña CARMEN GLORIA VACCARO CORREA, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $13.002.046, equivalentes al 19,4% de los Derechos sociales de la compañía. b) Don CRISTIÁN MARCOS VILLASECA CASTRO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $18.497.754, equivalentes al 27,6% de los Derechos sociales de la compañía, c) Don MARTÍN IGNACIO VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $7.104.211, equivalentes al 10,6% de los Derechos sociales de la compañía, d) Doña SOFÍA ELENA VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $7.104.211, equivalentes al 10,6% de los Derechos sociales de la compañía, e) Don PASCUAL ANDRÉS VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $7.104.211, equivalentes al 10,6% de los Derechos sociales de la compañía, f) Doña AMALIA MARÍA VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $7.104.211, equivalentes al 10,6% de los Derechos sociales de la compañía, g) Don VICENTE GONZALO VILLASECA VACCARO, aporta en ese acto, al contado y en dinero efectivo, la suma de $7.104.211, equivalentes al 10,6% de los Derechos sociales de la compañía. De este modo, todo el capital social se encuentra debidamente aportado y enterado.” La insinuación de la donación respectiva se sustanció ante el 25º Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol V 13 - 2024, caratulado VILLASECA. Copia íntegra de la sentencia respectiva con su certificado de ejecutoria se protocolizaron junto a la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de octubre de 2025.