Estudio Jurídico MRM Legal Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2025
- Repertorio
- 2223-25
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Domicilio
- con oficio en Avenida Quilín N° 5283
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 2 año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
Objeto social
.El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; además, se entenderá parte del objeto social, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficina, para la atención a los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a don Matías Rodríguez Maldonado y a don Sebastián Andrade Delvas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana: Por escritura certifica que: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2025, Repertorio 2223-25, ante mí, MATÍAS RODRÍGUEZ MALDONADO, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 15.098.296-0, con domicilio en Avenida Kennedy Lateral n°5600, oficina n°708, comuna de Vitacura; y don SEBASTIÁN ANDRADE DELVAS, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.480.052-0, con domicilio en Avenida Kennedy Lateral n°5600, oficina n°708, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. Domicilio: Ciudad de Santiago, Razón social: " Estudio Jurídico MRM Legal Abogados LIMITADA", pudiendo usar MRM Legal Abogados Ltda.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: .El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; además, se entenderá parte del objeto social, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficina, para la atención a los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a don Matías Rodríguez Maldonado y a don Sebastián Andrade Delvas Capital: El capital social es la cantidad de $5.000.000.- pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don Matías Rodríguez Maldonado, la cantidad de $2.500.000.-pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo; y, b) don Sebastián Andrade Delvas, la cantidad de $2.500.000.- pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en este acto y en dinero efectivo. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de 2 año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones en ella. En Santiago de Chile 24 de octubre de 2025.