INMOBILIARIA MANANTIAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de agosto de 1994
- Notario
- ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $200.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Abogado, Notario Público Titular Viña del Mar, Arlegui 537, certifica: Por escritura hoy ante mí, JAMES CYRIL WELLS MUÑOZ, c.n.i. 3.444.141-3, CLARA BERENICE BENAVIDES SOTO, c.n.i. 5.928.977-2, ambos Murphy 321, Departamento 306, Cerro Castillo, Viña de Mar; y RICARDO ANTONIO GUERRA GODOY, c.n.i. 7.529.622-3, 6 Norte 620, Viña del Mar; modificaron sociedad “INMOBILIARIA MANANTIAL LIMITADA”, Rut: 78.557.790-6, constituida escritura 17 Agosto 1994, Notario Valparaíso Marìa Ester Astorga Lagos. inscrito Fojas 769 vuelta, número 1994, Registro Comercio Viña del Mar de 1994, siguiente sentido: Socio JAMES CYRIL WELLS MUÑOZ, titular 50% capital social, cede 4% de su participación social, equivalente al 2% del total del capital social, vendiendo, cediendo y transfiriendo dichos derechos a RICARDO ANTONIO GUERRA GODOY, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio cesión $30.000.000, pagado con anterioridad acto escritura, al contado y en dinero en efectivo. En virtud de la cesión previamente aludida, RICARDO ANTONIO GUERRA GODOY se incorpora a la sociedad. Socia no interviniente, CLARA BERENICE BENAVIDES SOTO, acepta la cesión y la consecuente incorporación de RICARDO ANTONIO GUERRA GODOY en calidad de socio de “INMOBILIARIA MANANTIAL LIMITADA”. Actuales y únicos socios modifican estatutos sociales siguiente manera: Acuerdan reemplazar cláusula séptima relativa al capital social, quedando redactada siguiente manera: “SÉPTIMO: El capital de la sociedad será la suma de $200.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno) James Cyril Wells Muñoz aporta la suma de $96.000.000, equivalente al 48 % del capital social, suma que ya ha sido pagada y enterada a arcas sociales; Dos) Clara Berenice Benavides Soto aporta la suma de $100.000.000, equivalente al 50% del capital social, suma que ya ha sido pagada y enterada a arcas sociales; Tres) Ricardo Antonio Guerra Godoy aporta la suma de $4.000.000, equivalente al 2 % del capital social, suma que ya ha sido pagada y enterada a arcas sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Se establece que los socios, además del aporte de capital, se obligan a aportar su trabajo personal”. Demás estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización. 03 Octubre 2025.