MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES FDK LIMITADA

RUT 78128203-0 CVE 2718019
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de octubre de 2025
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2025
Repertorio
56995-2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y
Duración
La Sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de firma de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por periodos de 5 años cada uno, mientras el acuerdo de disolución de la sociedad no sea adoptado por Junta Extraordinaria de Accionistas, la cual deberá ser anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prorroga que se encontrare vigente

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto a) La prestación de servicios de grúa y asistencia en ruta, traslado de vehículos livianos y pesados, camiones, autobuses, motocicletas, furgones, rescate de vehículos accidentados, siniestrados y volcados; b) la explotación y desarrollo de la actividad de transporte de cargas terrestres, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas dentro y fuera del territorio de la República de Chile, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte de carga a terceros, utilizando para ello camiones, camionetas, camiones con maquinaria de trabajo, y en definitiva cualquier vehículo de trasporte terrestre, sean propios o de terceros; c) Prestación de servicios de transporte mecanizado, de carga y descarga en general, montajes industriales, arriendo de maquinarias, traslado de industria y maquinarias en general, movimientos de tierra y demoliciones por cuenta propia o ajena, a través de todo tipo de vehículos, grúas o maquinarias; d) El ejercicio de todo tipo de prestaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sean estas públicas o privadas y)o particulares sean estas nacionales o extranjeras, que se relacionen con el giro precedente y e) la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los accionistas acuerden o que esté relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos

Administración

Corresponderá a don Ignacio Fernández Valdés y a don Andrés Francisco Zaldívar Palacios, actuando conjuntamente, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Administración Supletoria: En operaciones cuya cuantía no supere las UF 300 y siempre que cualquiera de los administradores designados, esto es don Ignacio Fernández Valdés y don Andrés Francisco Zaldívar Palacios no pudieran actuar conjuntamente, cuestión que no será necesario acreditar ante terceros, cualquiera de los dos anteriormente mencionados podrá actuar conjuntamente con don Benjamín Gonzalo Costa Saavedra

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 3 de octubre de 2025, número de repertorio 56.995-2025, ante mí: Uno) Ignacio Fernández Valdés; Dos) Isabel María De Knoop González; Tres) Felipe Fernández De Knoop; Cuatro) Nicolás Fernández De Knoop; Cinco) Trinidad Fernández De Knoop; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Paseo Colina Sur número 14.000, Condominio Casas de Hacienda La Viña 63, comuna de Colina, Región Metropolitana, y en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “Transportes FDK Limitada” y; Seis) La sociedad Inversiones San Manuel SpA, domiciliada para estos efectos en Avenida Nueva Tajamar 481, oficina 1402, Torre Sur, Comuna de Las Condes Región Metropolitana, acordaron cesión de derechos sociales y transformación de la Sociedad “Transportes FDK Limitada”: I) Cesión de Derechos: 1) Nicolas Fernández De Knoop, contando con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere un 2,5% de sus derechos sociales a don Ignacio Fernández Valdés. El valor de la presente cesión asciende a la suma de $25.000, integramente pagados en este acto. 2) Trinidad Fernández De Knoop, contando con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere un 2,5% de sus derechos sociales a don Ignacio Fernández Valdés. El valor de la presente cesión asciende a la suma de $25.000, integramente pagados en este acto. 3) Felipe Fernández De Knoop contando con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere un 2,5% de sus derechos sociales a don Ignacio Fernández Valdés. El valor de la presente cesión asciende a la suma de $25.000, integramente pagados en este acto. 4) Isabel María De Knoop González contando con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere un 25% de sus derechos sociales a la sociedad Inversiones San Manuel SpA. El valor de la presente cesión asciende a la suma de $250.000, integramente pagados en este acto. Como consecuencia de la cesiones anteriores, se retiran de la sociedad Felipe Fernández De Knoop, Nicolas Fernández De Knoop y Trinidad Fernández De Knoop. II) Modificación Estatuto Social “Transportes FDK Limitada”: Como consecuencia de la cesión de derechos, los únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar el artículo relativo al capital social, quedando redactado del siguente tenor: Artículo Cuarto: Capital Social.“ El capital social asciende a la suma de $1.000.000, íntegramente pagado y distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) don IGNACIO FERNÁNDEZ VALDÉS, con $537.500 equivalentes a un 53,75% del total de los derechos sociales. b) doña ISABEL MARÍA DE KNOOP GONZÁLEZ, con $212.500 equivalentes a un 21,25% del total de los derechos sociales. c) La sociedad INVERSIONES SAN MANUEL SpA, con $250.000 equivalentes a un 25% de los derechos sociales. III) Transformación de la Sociedad: Los únicos y actuales socios de la Sociedad “Transportes FDK Limitada”, acordaron la transformación de esta en una Sociedad por Acciones, cuyos estatutos extracto: Accionistas: Ignacio Fernández Valdés; Isabel María De Knoop González; Inversiones San Manuel SpA. Razón Social: “TRANSPORTES FDK SpA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración. La Sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de firma de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por periodos de 5 años cada uno, mientras el acuerdo de disolución de la sociedad no sea adoptado por Junta Extraordinaria de Accionistas, la cual deberá ser anotada al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prorroga que se encontrare vigente. Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto a) La prestación de servicios de grúa y asistencia en ruta, traslado de vehículos livianos y pesados, camiones, autobuses, motocicletas, furgones, rescate de vehículos accidentados, siniestrados y volcados; b) la explotación y desarrollo de la actividad de transporte de cargas terrestres, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas dentro y fuera del territorio de la República de Chile, pudiendo prestar toda clase de servicios relacionados con el transporte de carga a terceros, utilizando para ello camiones, camionetas, camiones con maquinaria de trabajo, y en definitiva cualquier vehículo de trasporte terrestre, sean propios o de terceros; c) Prestación de servicios de transporte mecanizado, de carga y descarga en general, montajes industriales, arriendo de maquinarias, traslado de industria y maquinarias en general, movimientos de tierra y demoliciones por cuenta propia o ajena, a través de todo tipo de vehículos, grúas o maquinarias; d) El ejercicio de todo tipo de prestaciones, mandatos, comisiones, y consignaciones de empresas, sean estas públicas o privadas y/o particulares sean estas nacionales o extranjeras, que se relacionen con el giro precedente y e) la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los accionistas acuerden o que esté relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, de conformidad al siguente detalle: a) Ignacio Fernández Valdés con 5.375 acciones, íntegramente suscritas y pagadas con la proporción que le pertenece actualmente en el capital de la Sociedad que se transforma; b) Isabel María De Knoop González con 2.125 acciones, íntegramente suscritas y pagadas con la proporción que le pertenece actualmente en el capital de la Sociedad que se transforma; c) La sociedad Inversiones San Manuel SpA con 2.500 acciones, íntegramente suscritas y pagadas con la proporción que le pertenece actualmente en el capital de la Sociedad que se transforma. Administración. Corresponderá a don Ignacio Fernández Valdés y a don Andrés Francisco Zaldívar Palacios, actuando conjuntamente, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Administración Supletoria: En operaciones cuya cuantía no supere las UF 300 y siempre que cualquiera de los administradores designados, esto es don Ignacio Fernández Valdés y don Andrés Francisco Zaldívar Palacios no pudieran actuar conjuntamente, cuestión que no será necesario acreditar ante terceros, cualquiera de los dos anteriormente mencionados podrá actuar conjuntamente con don Benjamín Gonzalo Costa Saavedra. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2025.