CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Servicios El Taqueral Limitada

CVE 2718693
Capital
$990.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2025
Notaría
Vitacura
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2025
Repertorio
6100
Notario
LUIS ALBERTO MALDONADO CONCHA
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$990.000 CLP
Domicilio
SANTIAGO
Duración
3 años, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social

Objeto social

a) La prestación de servicios profesionales y de asesorías estratégicas, administrativas y operacionales en rubros inmobiliarios, de construcción, arquitectura y cualquier otro; b) toda clase de actividades o contratos que sean necesarios para realizar actividades comerciales relacionadas con el giro de la sociedad; y c) Y, en general, ejecutar toda clase de negocios o actividades anexas, accesorias, relacionadas y complementarias de las actividades descritas anteriormente y otras diversas relacionadas que se decidan ejecutar conforme a la legislación vigente, tanto en el ámbito nacional o internacional

Administración

don LUIS HERNÁN RIVADENEIRA URRUTIA, actuando de manera individual, por sí o por intermedio de uno o más apoderados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ALBERTO MALDONADO CONCHA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 14 de octubre de 2025, Repertorio N° 6100, don Luis Hernán Rivadeneira Urrutia, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de identidad número once millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos cincuenta y ocho guion dos, domiciliado en calle Gertrudis Echeñique número trescientos cuarenta y nueve, departamento D, Las Condes, Santiago, y don Pedro Pablo Silva Rivadeneira, chileno, casado y separado legalmente de bienes, ingeniero comercial, constructor, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos noventa y seis mil ochocientos noventa guion cuatro, domiciliado en calle Pedro Alfredo Arteaga número mil seiscientos noventa y cuatro, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: “Sociedad de Servicios El Taqueral Limitada” y su nombre de fantasía “El Taqueral”. OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales y de asesorías estratégicas, administrativas y operacionales en rubros inmobiliarios, de construcción, arquitectura y cualquier otro; b) toda clase de actividades o contratos que sean necesarios para realizar actividades comerciales relacionadas con el giro de la sociedad; y c) Y, en general, ejecutar toda clase de negocios o actividades anexas, accesorias, relacionadas y complementarias de las actividades descritas anteriormente y otras diversas relacionadas que se decidan ejecutar conforme a la legislación vigente, tanto en el ámbito nacional o internacional. ADMINISTRACIÓN: don LUIS HERNÁN RIVADENEIRA URRUTIA, actuando de manera individual, por sí o por intermedio de uno o más apoderados. CAPITAL: UN MILLÓN DE PESOS, dividido así: a) don Luis Hernán Rivadeneira Urrutia aporta la suma $990.000.-, equivalente al 99% de los derechos sociales; y b) don Pedro Pablo Silva Rivadeneira aporta la suma de $10.000.-, equivalente al 1% de los derechos sociales. Ambas sumas se enteran y paga en dinero efectivo, con esta fecha, en arcas sociales, quedando el capital íntegramente pagado. RESPONSABILIDAD: Limitada al aporte. DURACIÓN: 3 años, la que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. DOMICILIO: SANTIAGO, sin perjuicio de las sucursales que podrá abrir en otros puntos del país o el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de octubre del año 2025.