SOCIEDAD AGRÍCOLA NORTE CHICO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2025
- Repertorio
- 51004-2025
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, Amunátegui N° 73, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de 13 de Octubre de 2025, ante mí, Repertorio N° 51.004-2025; don JOHANN CHRISTOPH SYLVESTER SPAARWATER GILDEMEISTER, domiciliado en Fundo Palo Colorado sin número, Ruta 5 Norte, kilómetro 204, comuna de Los Vilos, de paso en ésta; don NILS CHRISTIAN HENRY SPAARWATER VON BOTHMER, domiciliado en Fundo Palo Colorado sin número, Ruta 5 Norte, kilómetro 204, comuna de Los Vilos, de paso en ésta; doña NINA MARGOT SPAARWATER VON BOTHMER, domiciliada en Fundo Palo Colorado sin número, Ruta 5 Norte, kilómetro 204, comuna de Los Vilos, de paso en ésta; doña HANSIGNE MARIONNA SPAARWATER VON BOTHMER, domiciliada en Carretera San Martín sin número, Parcelas Riberas de Pocuro Lote 6, comuna de San Felipe, y de paso en ésta, y doña LENE SPAARWATER ORTIZ, domiciliada en Fundo Palo Colorado sin número, Ruta 5 Norte, kilómetro 204, comuna de Los Vilos, de paso en ésta, modificaron SOCIEDAD AGRÍCOLA NORTE CHICO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 30 de junio de 1992, Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fisher Yávar, extracto inscrito a fs. 23.556, N° 12.467 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992, publicado en el Diario Oficial de fecha 21/07/1992, acordando: UNO: que el socio don Johann Christoph Sylvester Spaarwater Gildemeister, debidamente autorizado por la Justicia Ordinaria, dona gratuitamente la totalidad de los derechos sociales de que es dueño en SOCIEDAD AGRÍCOLA NORTE CHICO LIMITADA, ascendentes a un 98% del capital social, a las siguientes personas, quienes aceptan, en la proporción que en cada caso se indica: I) al socio Nils Christian Henry Spaarwater Von Bothmer, dona un 23% derechos sociales; II) a doña Nina Margot Spaarwater Von Bothmer, dona un 25% de los derechos sociales; III) a doña Hansigne Marionna Spaarwater Von Bothmer, dona un 25% de los derechos sociales y, IV) a doña Lene Spaarwater Ortiz, dona un 25% por ciento de los derechos sociales. Como consecuencia de lo anterior: i) se retira de la sociedad don Johann Christoph Sylvester Spaarwater Gildemeister; ii) el socio don Nils Christian Henry Spaarwater Von Bothmer, quien ya tenía un 2% por ciento de los derechos sociales pasa a tener un 25% de los derechos sociales y, iii) ingresan a la sociedad doña Nina Margot Spaarwater Von Bothmer, doña Hansigne Marionna Spaarwater Von Bothmer, y doña Lene Spaarwater Ortiz, cada una de ellas con un 25% de los derechos sociales en la sociedad. DOS: Los actuales y únicos socios de Sociedad Agrícola Norte Chico Limitada, don Nils Christian Henry Spaarwater Von Bothmer, doña Nina Margot Spaarwater Von Bothmer, doña Hansigne Marionna Spaarwater Von Bothmer y doña Lene Spaarwater Ortiz, acordaron por unanimidad modificar el Artículo cinco de los estatutos de la sociedad, relativo a la administración de la sociedad, en el siguiente sentido: A) La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a don Johann Christoph Sylvester Spaarwater Gildemeister, con amplias facultades individualizadas escritura extractada, dejando expresa constancia que dicha designación no es una cláusula esencial de los estatutos sociales. B) En caso de fallecimiento y/o incapacidad permanente del administrador señor Johann Christoph Sylvester Spaarwater Gildemeister, la administración, representación y uso de la razón social pasarán ipso facto, sin necesidad de tener que acreditar tal circunstancia ante terceros, a dos cualesquiera de los socios de la sociedad, quienes deberán actuar de manera conjunta, y quienes tendrán todas y cada una de las facultades indicadas en párrafo A) precedente. Asimismo, se acordó modificar los estatutos de la sociedad en otras materias no extractables. En todo lo no modificado, y en especial en lo relativo a la responsabilidad limitada de los socios, se mantienen las estipulaciones de los estatutos vigentes de la sociedad. Santiago, 22 de Octubre de 2025.