Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2025
- Repertorio
- 357-2025
- Notario
- GISELA ARIADNE SCHWERTER HUAQUIN
- Oficio
- Quinta Notaría de Calama con asiento en San Pedro de Atacama
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Cooperativa será en calle Toconao N° 421, comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISELA ARIADNE SCHWERTER HUAQUIN, abogado, Notario Público titular de la Quinta Notaría de Calama con asiento en San Pedro de Atacama, con domicilio en calle Gustavo Le Paige 530, Población Conde Duque, certifico: que por instrumento público de fecha 22 de octubre de 2025, ante mí, bajo el Repertorio N° 357-2025 se redujo a escritura pública acta de la JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA DE TRABAJO RANCHO VIEJO LTDA. TAMBIÉN COOPERATIVA INDÍGENA RANCHO VIEJO, de fecha 14 de octubre de 2025; de la cual se extracta lo siguiente: Nombre o razón social: “COOPERATIVA DE TRABAJO RANCHO VIEJO LTDA.”, cuya sigla será Cooperativa Indígena Rancho Viejo. Domicilio: El domicilio de la Cooperativa será en calle Toconao N° 421, comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La cooperativa tendrá una duración indefinida. Objeto social: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas. Capital: El aporte de los socios personas naturales deberá consistir necesariamente en el trabajo que se obliguen a realizar, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El aporte de cada socio persona natural de acuerdo a lo señalado anteriormente, será de la siguiente manera: Rosa Yanjarí Contreras aporta a la cooperativa a través de venta, producción, difusión y comercialización de productos artesanales valorizado en quinientos cincuenta mil pesos mensual; Elisa Yanjarí Mondaca aporta a la cooperativa a través de venta, producción, difusión y comercialización de productos artesanales valorizado en quinientos cincuenta mil pesos mensual; Justo Yanjarí Mondaca aporta a la cooperativa a través de venta, producción, difusión y comercialización de productos artesanales valorizado en quinientos cincuenta mil pesos mensual; Tihare Mora Yanjarí aporta a la cooperativa a través de venta, producción, difusión y comercialización de productos artesanales valorizado en quinientos cincuenta mil pesos mensual; Brayan Ali Ramírez aporta a la cooperativa a través de venta, producción, difusión y comercialización de productos artesanales valorizado en quinientos cincuenta mil pesos mensual. El capital social es de $500.000.-, dividido en cien cuotas de participación, de un valor inicial de cinco mil pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: el saldo equivalente a cien mil pesos por cada socio, será aportado en el plazo de cinco meses contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto.- Cantidad de socios que concurren: a la constitución de la COOPERATIVA DE TRABAJO RANCHO VIEJO LTDA. asisten cinco personas, debidamente individualizadas en el acta respectiva.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Pedro de Atacama, 22 de octubre de 2025.