SOCIEDAD DE TRANSPORTE FLUVIAL DE PASAJEROS GUAJARDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2025
- Notario
- JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Valdivia
- Comuna
- Valdivia
Sociedad
- N. fantasía
- “Transporte Fluvial Valdivia Cinco Ríos”
- Capital
- $83.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Valdivia
- Duración
- 5 años, contados desde la fecha de la escritura, prorrogable tácitamente por iguales períodos, salvo manifestación en contrario
Objeto social
El transporte de pasajeros por vía de navegación interna y toda otra actividad relacionada
Administración
corresponderá conjunta o separadamente a ambos socios, quienes obligarán a la sociedad anteponiendo su firma a la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ RUIZ, Notario Público de la Cuarta Notaría de Valdivia, con oficio en Camilo Henríquez 540, local 3, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2025, ante mí, comparecieron don HUMBERTO SEGUNDO GUAJARDO REBOLLEDO, chileno, casado, independiente, cédula nacional de identidad N° 9.129.715-9, domiciliado en Isla del Rey s/n, comuna de Corral; y don JESÚS ANTONIO GUAJARDO MUÑOZ, chileno, casado, independiente, cédula nacional de identidad N° 18.132.316-7, domiciliado en calle Los Halcones N° 223, Villa Las Águilas, comuna de Valdivia; quienes constituyen una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las cláusulas siguientes: Razón social: “SOCIEDAD DE TRANSPORTE FLUVIAL DE PASAJEROS GUAJARDO LIMITADA”. Nombre de fantasía: “Transporte Fluvial Valdivia Cinco Ríos”. Objeto social: El transporte de pasajeros por vía de navegación interna y toda otra actividad relacionada. Domicilio: Comuna de Valdivia. Capital social: $83.000.000, aportado por los socios en las siguientes proporciones: Humberto Segundo Guajardo Rebolledo: 75 %, equivalente a $62.000.000, integrado con $2.000.000 en dinero efectivo y tres naves detalladas en la escritura. Jesús Antonio Guajardo Muñoz: 25 %, equivalente a $21.000.000, de los cuales $1.000.000 se paga al contado y el saldo se enterará en un plazo de cinco años. Administración y representación: corresponderá conjunta o separadamente a ambos socios, quienes obligarán a la sociedad anteponiendo su firma a la razón social. Duración: 5 años, contados desde la fecha de la escritura, prorrogable tácitamente por iguales períodos, salvo manifestación en contrario. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valdivia, 21 de octubre de 2025.