Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2025
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuota en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría Santiago, domiciliada en Avenida El Golf número noventa y nueve, oficina 101 B, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2025, con repertorio número 8.188-2025, ante mí: KHALED MAJLUF CHIVANO, con cédula nacional de identidad número 20.287.470-3, constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: MAJLUF INVERSIONES SpA. Domicilio: La Sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o conjunto con otros: la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma y la administración de tales bienes y de las rentas a que esta dé lugar, la toma de toda clase de instrumentos financieros que ofrezcan los bancos o entidades financieras, efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuota en ellos, sea en moneda nacional o extranjera, pudiendo comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio de empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, que se suscribieron y pagaron en el acto de la constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de octubre de 2025. Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.