MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LANDA CONSULTORES LIMITADA

RUT 78078930-1 CVE 2717436
Capital
$301.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Notario
Paulina Celis Maggi
Oficio
Interina de la Segunda Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$301.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, ante la Notario Suplente doña Nicole Parra Apablaza, don JUAN ALBERTO LANDA TOBAR, por sí y en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS EL CURATO LIMITADA; don EDUARDO ENRIQUE LANDA YÁÑEZ, por sí y en representación de la sociedad ASESORÍA E INVERSIONES VACNABESA LIMITADA; don Francisco Javier Landa Castro, don Juanpablo Rodemil Landa Castro, y don Sebastián Ignacio Landa Castro, terna en representación de la sociedad INVERSIONES XICA LIMITADA; todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en Almirante Latorre 617, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modifican sociedad de responsabilidad limitada “LANDA CONSULTORES LIMITADA”, constituida 26/02/1991, ante Notario de Santiago don José Iturrieta Herrera, extracto inscrito a fojas 7289 N° 3616, Registro Comercio Santiago año 1991 y publicado en el Diario Oficial de fecha 08 de marzo de 1991.- Por el presente acto, SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS EL CURATO LIMITADA representada por don Juan Alberto Landa Tobar, con el consentimiento expreso de los demás socios, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en la sociedad, equivalentes al 0,57% del capital social a la sociedad INVERSIONES XICA LIMITADA representada por don Francisco Javier Landa Castro, por don Juanpablo Rodemil Landa Castro, y por don Sebastián Ignacio Landa Castro, quien compra y acepta para sí tales derechos estando absolutamente de acuerdo todos los comparecientes. El precio de la cesión es la suma de $7.000.000.-; quedando a partir de este momento los únicos socios de la sociedad, en las proporciones que se indican: don JUAN ALBERTO LANDA TOBAR con un 52,2% de participación social; la sociedad ASESORÍA E INVERSIONES VACNABESA LIMITADA con un 10% de participación social, don EDUARDO ENRIQUE LANDA YÁÑEZ con un 13,23% por ciento de participación social y la sociedad INVERSIONES XICA LIMITADA con un 24,57% de participación social, quienes modifican clausulas cuarta y quinta, por las siguientes: “CUARTO: El capital es la cantidad de $301.000.000.- que los socios han enterado y pagado de la siguiente manera: A) El socio, la sociedad ASESORÍA E INVERSIONES VACNABESA LIMITADA, aportó la suma de $30.100.000, equivalente al 10% de la participación social. Suma que se encuentra pagada e ingresada a la caja social; B) El socio, la sociedad INVERSIONES XICA LIMITADA, aporta la suma de $73.955.700.- equivalente al 24,57% de la participación social. Suma que ya se encuentra pagada e ingresada a la caja social; C) El socio don JUAN ALBERTO LANDA TOBAR, aportó la suma de $157.122.000.- equivalente al 52,2% de la participación social. Suma que ya se encuentra pagada e ingresada a la caja social; D) El socio don EDUARDO ENRIQUE LANDA YÁÑEZ aportó la suma de $39.822.300, equivalentes al 13,23%. Suma que ya se encuentra pagada e ingresada a la caja social.”; "QUINTO: Las ganancias y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, es decir, uno) para la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES VACNABESA LIMITADA un 10%; dos) para la sociedad INVERSIONES XICA LIMITADA un 24,57%; tres) para don JUAN ALBERTO LANDA TOBAR un 52,2%; cuatro) para don EDUARDO ENRIQUE LANDA YÁÑEZ un 13,23%, todo ello sin perjuicio de la distribución que acuerden los socios. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 02 de octubre de 2025.