MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FIX SERVICIOS JURÍDICOS LIMITADA

RUT 77695958-8 CVE 2717738
Capital
$1.250.000 CLP
Fecha instrumento
17 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de octubre de 2025
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.250.000 CLP
Domicilio
La parte de la Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
Duración
4 años, contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable en forma automática por períodos sucesivos de 4 años, si ninguno de los socios manifiesta voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos 180 días antes del vencimiento del período original o prórroga en curso

Objeto social

(a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídica, comercial y administrativa, (b) el desempeño de mandatos, incluso a nombre propio, y (c) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas y por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, debentures, pagarés y demás efectos de comercio, títulos de deuda y valores mobiliarios

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios Vicente Portales Donoso y Clemente Silva Alcalde, quienes podrán actuar individual e indistintamente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sujeto a la limitación de que para la celebración de actos, contratos u operaciones por montos iguales o superiores a 1.000 Unidades de Fomento deberán actuar de consuno. (III) Otras materias: se acordaron otras materias que no son objeto de extracto. Santiago, 20 de octubre de 2025. H. Quezada M., Not. Público

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular 26ª Notaría Santiago, domiciliado Av. Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: por escritura pública de 17 de octubre de 2025, ante mí, /uno/ don Gerardo Otero Vial, domiciliado Av. Presidente Kennedy 3616, depto. 102, Vitacura, Santiago; /dos/ don Vicente Portales Donoso, domiciliado Av. Cristóbal Colón 5289, Las Condes, Santiago; /tres/ don Clemente Silva Alcalde, domiciliado Av. Américo Vespucio Sur 115, depto. 91, torre B, Las Condes, Santiago; /cuatro/ don Nicolás Zisis Banz, domiciliado Marcel Duhaut 2900, depto. 604, Providencia, Santiago; y /cinco/ don Alfonso Mora Domínguez, Av. Américo Vespucio Norte 576, depto. 302, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada FIX SERVICIOS JURÍDICOS LIMITADA (inscrita a fs. 103014, N° 45188 del Registro de Comercio de Santiago de 2022, en adelante, la “Sociedad”), como sigue: (I) Cesión de derechos sociales: (a) Alfonso Mora Domínguez vende, cede y transfiere a Vicente Portales Donoso la totalidad de sus derechos e interés en el capital social de la Sociedad, que corresponde a un 20% capital social; (b) Nicolás Zisis Banz vende, cede y transfiere a Clemente Silva Alcalde la totalidad de sus derechos e interés en el capital social de la Sociedad, que corresponde a un 20% capital social; (c) Gerardo Otero Vial vende, cede y transfiere a Vicente Portales Donoso la mitad de sus derechos e interés en el capital social de la Sociedad, que corresponde a un 10% capital social; y (d) Gerardo Otero Vial vende, cede y transfiere a Clemente Silva Alcalde la mitad de sus derechos e interés en el capital social de la Sociedad, que corresponde a un 10% capital social. En consecuencia, se reformó el artículo Quinto de los estatutos, quedando como únicos y actuales socios de Sociedad: /Uno/ Vicente Portales Donoso, con la cantidad de $1.250.000, lo que representa el 50% capital social; y /Dos/ Clemente Silva Alcalde, con la cantidad de $1.250.000, lo que representa el 50% capital social. (II) Modificación y texto refundido de los estatutos: don Vicente Portales Donoso y don Clemente Silva Alcalde, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, acordaron cambiar la razón social, la forma de administración de la Sociedad y otras estipulaciones de los estatutos, otorgando un nuevo texto refundido cuyas menciones esenciales extracto a continuación: Nombre: Fx Servicios Jurídicos Limitada. Objeto: (a) la prestación de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídica, comercial y administrativa, (b) el desempeño de mandatos, incluso a nombre propio, y (c) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones de sociedades anónimas y por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, debentures, pagarés y demás efectos de comercio, títulos de deuda y valores mobiliarios. Domicilio: La parte de la Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: 4 años, contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable en forma automática por períodos sucesivos de 4 años, si ninguno de los socios manifiesta voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos 180 días antes del vencimiento del período original o prórroga en curso. Capital: $2.500.000, que los socios enteran al contado y en dinero efectivo como sigue: (a) Vicente Portales Donoso, $1.250.000, lo que representa el 50% capital social; (b) Clemente Silva Alcalde: $1.250.000, lo que representa el 50% capital social. Responsabilidad socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración. La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios Vicente Portales Donoso y Clemente Silva Alcalde, quienes podrán actuar individual e indistintamente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sujeto a la limitación de que para la celebración de actos, contratos u operaciones por montos iguales o superiores a 1.000 Unidades de Fomento deberán actuar de consuno. (III) Otras materias: se acordaron otras materias que no son objeto de extracto. Santiago, 20 de octubre de 2025. H. Quezada M., Not. Público.