VPC FARMS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2025
- Repertorio
- 15102-2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 9 de octubre de 2025, Repertorio N° 15.102-2025, ante mí, EXPORTADORA FRUTAM LIMITADA, Rol único Tributario número 79.527.050-7, representada por don Yorgo Dionizis Videla, cédula de identidad número 16.557.759-0, y por don Pier Paolo Falcone Bacigalupo, cédula de identidad número 8.040.958-3, todos en Avenida Presidente Riesco número 5.711, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y VPC SERVICIOS CORPORATIVOS CHILE SpA, Rol Único Tributario número 77.054.119-0, representada por don Pier Paolo Falcone Bacigalupo, cédula de identidad número 8.040.958-3, y por don Yorgo Dionizis Videla, cédula de identidad número 16.557.759-0, todos domiciliados en Avenida Presidente Riesco número 5.711, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicas y actuales socias de VPC FARMS LIMITADA, Rol Único Tributario número 96.978.870-5, constituida originalmente como Servicios Administrativos para Latinoamérica AISM Chile S.A. por escritura pública de fecha 17 de enero de 2002, otorgada en la Notaria de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto se inscribió a fojas 3.222 número 2.521 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002. Los comparecientes acordaron modificar el artículo séptimo del pacto social, en el sentido de modificar la administración de la sociedad de la siguiente manera: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a “VPC Servicios Corporativos Chile SpA”. VPC Servicios Corporativos Chile SpA designará mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio a los mandatarios que ejercerán las facultades convenidas en estos estatutos y revocará dichos nombramientos de la misma forma. En escritura extractada se designaron mandatarios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Octubre de 2025.