CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

U207 Fraccional SpA

RUT 15855099-7 CVE 2717052
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2025
Repertorio
11506-2025
Notario
PATRICIA VALNTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Uno) La inversión en el exterior, en moneda extranjera, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en especial en derechos, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio y derechos en sociedades de cualquier naturaleza, la adquisición, enajenación, administración y explotación de dichos bienes, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; y, Dos) En general, cualquier materia que acuerden los socios, relacionada o complementaria con las enunciadas precedentemente”. Santiago, 30 de septiembre de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALNTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolita certifica: Que por Escritura Pública otorgada ante mí, con fecha 03 de septiembre de 2025, bajo el repertorio N° 11506- 2025, Francisco Javier Barreda Larrea, C.I N° 15.855.099-7, en representación de Fraccional SpA, viene en sanear a U207 FRACCIONAL SpA, inscrita a fojas 53750, número 20811 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2025, corrigiendo y saneando el vicio de forma en que se incurrió en el extracto de escritura de constitución de fecha 29 de mayo de 2025, otorgada en esta misma notaría, en relación al objeto social, indicándose un objeto social errado en el extracto, quedando de tal forma saneado de la siguiente manera, lo cual es consistente con la escritura de constitución social: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto: Uno) La inversión en el exterior, en moneda extranjera, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en especial en derechos, acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios, títulos de crédito y efectos de comercio y derechos en sociedades de cualquier naturaleza, la adquisición, enajenación, administración y explotación de dichos bienes, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; y, Dos) En general, cualquier materia que acuerden los socios, relacionada o complementaria con las enunciadas precedentemente”. Santiago, 30 de septiembre de 2025.