Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2025
- Repertorio
- 58857/2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: (a) La realización de todo tipo de Inversiones. La sociedad podrá efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, así como administrarlos, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y percibir sus frutos cualquiera sea su clase, especie o naturaleza; (b) La participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; (c) Adquirir, enajenar, arrendar, subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces; así como desarrollar la construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza, pudiendo también ejecutar su administración, explotación y)o enajenación a cualquier título; explotación en cualquier forma de dichos bienes raíces y)o de los resultantes de la subdivisión, urbanización y)o loteo por cuenta propia o ajena de aquellos inmuebles; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de toda clase de proyectos inmobiliarios, y (d) En general, se entienden comprendidos dentro del objeto, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución y los demás que los socios acuerden desarrollar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, Comuna de La Reina, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2025, Repertorio N°58857/2025, ante mí, INVERSIONES SANTA AUGUSTA SpA y D Y D SpA, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “MIRADOR DE CURACAVÍ SpA”, pudiendo además usar para todos los efectos legales y contractuales, para fines publicitarios y de propaganda, incluso para operar con Bancos e Instituciones Financieras, la sigla o nombre de fantasía “MIRADOR DE CURACAVÍ”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: (a) La realización de todo tipo de Inversiones. La sociedad podrá efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, así como administrarlos, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y percibir sus frutos cualquiera sea su clase, especie o naturaleza; (b) La participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; (c) Adquirir, enajenar, arrendar, subdividir y explotar en cualquier forma bienes raíces; así como desarrollar la construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza, pudiendo también ejecutar su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; explotación en cualquier forma de dichos bienes raíces y/o de los resultantes de la subdivisión, urbanización y/o loteo por cuenta propia o ajena de aquellos inmuebles; el estudio, desarrollo, organización y ejecución de toda clase de proyectos inmobiliarios, y (d) En general, se entienden comprendidos dentro del objeto, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución y los demás que los socios acuerden desarrollar. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor y sin valor nominal, el cual queda íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de octubre de 2025.