Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2025
- Repertorio
- 44080
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago con oficio en esta ciudad
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.215.800 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de embarque y desembarque, despacho y recepción, embalaje y demás anexos, en el transporte de toda clase de mercaderías y carga, sea por vía terrestre, marítima o aérea, dentro del territorio nacional como desde y hacia el extranjero, para fines de importación y exportación, incluyendo trámites en servicios de Aduana, de inspección y revisión de carga; como asimismo la contratación y corretaje de fletes y la contratación de seguro, sean terrestres, marítimos o aéreos; y en general, las operaciones de todo tipo de carga y descarga, dentro y fuera del país, en cualquier forma, y todo otro acto relacionado con las actividades ya señaladas. 3)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago con oficio en esta ciudad, Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada en esta notaría, de fecha 29 de agosto de 2025, repertorio N°44080, ante mí, Javier Alberto Renato Alvear Méndez; don Rodrigo Andres Felipe Aedo Ibarbe, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo 3000, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don Rodrigo Rebolledo Arriaza, domiciliado en Alcántara 200, oficina 305, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron los estatutos y dividieron la sociedad AMERICAN CONTAINER LINE, LOGÍSTICA LIMITADA, inscrita a fojas 32.781, número 24.335, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2004, según se indica a continuación: A.- La sociedad AMERICAN CONTAINER LINE, LOGÍSTICA LIMITADA, será la sociedad continuadora y mantendrá vigentes sus estatutos, salvo las siguientes modificaciones: (i) Se disminuyó su capital de $3.000.000 a la suma de $784.200, el que se encuentra totalmente enterado y pagado por los socios, en las siguientes proporciones: a) don Javier Alberto Renato Alvear Méndez aportó y enteró en caja social la cantidad de $261.400, equivalentes a un tercio de los derechos sociales; b) don Rodrigo Andrés Felipe Aedo Ibarbe aportó y enteró en caja social la cantidad de $261.400, equivalentes a un tercio de los derechos sociales; y, c) don Rodrigo Rebolledo Arriaza aportó y enteró en caja social la cantidad de $261.400, equivalentes a un tercio de los derechos sociales y (ii) La administración y uso de la razón social corresponderá a los señores Javier Alberto Renato Alvear Méndez y don Rodrigo Andrés Felipe Aedo Ibarbe, quienes actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social de la sociedad a sus firmas, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y con las facultades establecidas en la escritura extractada. Los socios de AMERICAN CONTAINER LINE, LOGÍSTICA LIMITADA reiteraron que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. B.- Los señores Javier Alberto Renato Alvear Méndez, Rodrigo Andrés Felipe Aedo Ibarbe y Rodrigo Rebolledo Arriaza, todos ya individualizados, constituyeron una nueva sociedad por acciones que nació de la división indicada en el literal A. precedente, cuyas disposiciones principales se extractan a continuación: 1) Nombre: El nombre de la sociedad será “NAVARRA SpA”. 2) Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de embarque y desembarque, despacho y recepción, embalaje y demás anexos, en el transporte de toda clase de mercaderías y carga, sea por vía terrestre, marítima o aérea, dentro del territorio nacional como desde y hacia el extranjero, para fines de importación y exportación, incluyendo trámites en servicios de Aduana, de inspección y revisión de carga; como asimismo la contratación y corretaje de fletes y la contratación de seguro, sean terrestres, marítimos o aéreos; y en general, las operaciones de todo tipo de carga y descarga, dentro y fuera del país, en cualquier forma, y todo otro acto relacionado con las actividades ya señaladas. 3) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.215.800, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de octubre de 2025.